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Boletín Virtual No 183, Año 6. Marzo de 2007.

RED de comunicación del personal de CIPCA-Bolivia

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LAS ETIO EN LA PROPUESTA DEL MAS, UNA REFLEXION INICIAL 

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Por Carlos Hugo Laruta (*) 

 

Está en circulación un documento titulado Propuesta del Poder Ejecutivo a la
Asamblea Constituyente, que contiene finalmente la propuesta más completa de
reforma constitucional que haya elaborado el MAS, ya sea vía organizaciones
sociales o vía estructura orgánica del partido de Gobierno.

 

Ese documento, esta dividido en 8 capítulos: Área de Justicia, Área Social,
Área de Tierra y territorio, Área de Descentralización y Autonomía, Área
Económica, Área de Gestión de Recursos Naturales, Área de Seguridad y
Defensa del Estado, Área de Política Exterior del Estado.  Aunque la
redacción no tiene el afinado de una propuesta de nueva Constitución,
contiene ya los elementos centrales claros para la redacción del texto
constitucional en la parte correspondiente.

 

Amén de que este documento del MAS maneja a momentos de manera confusa el
par Nación Bolivia-Plurinación como fundamento conceptual de base del Estado
Boliviano, señala que define al Estado bajo 4 conceptos: República,
Plurinacional, Descentralizada, y Solidaria.

 

Tomando solo un tema como veta del análisis en el  Área de Descentralización
y Autonomía, se observa que los grados de descentralización previstos son:
Desconcentrado, Descentralizado Política y Administrativamente, y Autónomo.
En este ultimo acápite (Autonomía) y en relación a los niveles llamados
Subnacionales de Gobierno están el Nivel Local (Municipal), el nivel llamado
Intermedio (Departamental) y un nivel llamado Especial que es el de las
Entidades Territoriales Indígenas Originarias (ETIO).

 

Según se plantea en el documento, a partir de ese reconocimiento
Constitucional, las ETIO podrán ser Departamentos o Municipios y deberán ser
creadas por Ley. Y se presenta una interesante fórmula que seguramente
merece reflexión y debate: su superficie no será mas pequeña que 10.980
kilómetros cuadrados (centésima parte del territorio nacional) y no más
grande que 219.600 kilómetros cuadrados (El Departamento de La Paz tiene una
extensión de 133.985 kilómetros cuadrados).  Su población no debería ser
menor a 10.00 habitantes –quizá para el caso de los Municipios que busquen
ser ETIO o viceversa, y  no superior a un millón 600 mil habitantes (20 por
ciento del total de la población de Bolivia) quizás para el caso más próximo
de las provincias o departamentos (recuérdese que para el 2006 se estima en
el departamento de La Paz, para la provincia Murillo 1.684.300 habitantes y
para la provincia Ingavi 108.470 habitantes). Como elemento central en esta
definición se señala que la población de ese territorio debe decidir por dos
tercios (2/3) de votos su disposición de convertirse en ETIO. 

 

Desde este punto de vista, un gran porcentaje de municipios del Occidente de
Bolivia –sobre todo rurales- y algunos del oriente, podrían acceder
-aprobada la sugerida Ley- a la categoría de ETIO. Pero aún mas, si se
conjuncionara la población de varios municipios en el occidente del país
solo algunas pocas áreas no llegarían a ser ETIO, pues muchas tienen más de
10.000 habitantes, obviamente siempre y cuando su población decida serlo por
2/3 de votos. 

 

Para el caso del oriente, 4 pueblos indígenas tienen más de 20.000
autoidentificados como tales: Guaraní, Guarayo, Chiquitano y Mojeño.
Asimismo existen otros 9 pueblos indígenas que tienen entre 1.000 y 10.000.
En el marco de la propuesta del MAS que comentamos,  para el Departamento de
Santa Cruz, por ejemplo y según el censo del 2001 -siempre que los pueblos
indígenas concernidos así lo decidieran- podrían existir 3 ETIO grandes
conformadas en base de la población Guaraya, Chiquitana y Guaraní, que
también podrían acceder a la categoría Municipio o Departamento, desde luego
una vez aprobada la Ley respectiva, prevista también en la propuesta.

 

Son elementos preliminares para la reflexión que ahora se reinicia en el
tema-veta señalado. Será suficiente el criterio sólo demográfico y de
extensión territorial para su consideración como ETIO? Están adecuadamente
considerados los criterios de extensión y población si éstos son
determinantes? La Constitución que trabaje la Asamblea debería comprender
otros elementos como diversidad ecológica y potencial de desarrollo como
elementos adicionales no solo a ETIO sino a Municipios y otros niveles
subnacionales? Formularse éstas y otras preguntas enriquecerán las
propuestas y ayudarán a las definiciones a la hora de redactar el texto
constitucional; por ahora y de forma paralela, detectamos que en líneas
generales, existen algunas coincidencias con la propuesta que ha venido
delineando CIPCA sobre el tema.  

 

Habrá que estar atento a los debates en las Comisiones de Organización y
Estructura del Estado y de Autonomías. Esto permitirá observar la dirección
que toma el tratamiento de este tema central y avizorar el futuro que tendrá
el borrador de Constitución cuando sea puesto a consideración de la
totalidad del pueblo soberano en el referéndum, y él tome decisión informada
–ojalá- sobre si acepta o no la propuesta de la Constituyente.

 

 

(*) El autor es director de CIPCA La Paz

 

 

 

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