On Fri, Apr 22, 2005 at 06:25:05PM -0600, Javier Solís wrote: > este texto carece del laconismo que debe tener toda norma > constitucional
de acuerdo. Jaco, lo que Javier quiere decir es que si revisás la constitución te darás cuenta que "menos es más", o sea, dentro de la Constitución la brevedad es oro. > y tiene varios errores gramaticales y sintácticos. De acuerdo. > 1.El término "entidad" es un sustantivo que designa una organización. Hay dos conceptos: entidad e identidad. El DRAE dice: entidad. (Del lat. mediev. ent\u012dtas, -t\u0101tis). 1. f. Colectividad considerada como unidad. Especialmente, cualquier corporación, compañía, institución, etc., tomada como persona jurídica. 2. f. Valor o importancia de algo. 3. f. Fil. Lo que constituye la esencia o la forma de una cosa. 4. f. Fil. Ente o ser. identidad. (Del b. lat. ident\u012dtas, -\u0101tis). 1. f. Cualidad de idéntico. 2. f. Conjunto de rasgos propios de un individuo o de una colectividad que los caracterizan frente a los demás. 3. f. Conciencia que una persona tiene de ser ella misma y distinta a las demás. 4. f. Hecho de ser alguien o algo el mismo que se supone o se busca. 5. f. Mat. Igualdad algebraica que se verifica siempre, cualquiera que sea el valor de sus variables. En el texto propuesto "entidad" se utiliza en el sentido 3. y 4. En "cédula de identidad" identidad se utiliza en el sentido 2. > 2. La Constitución no es para identificar los derechos que se puede o > no se puede tener. Son normas de principio y acatamiento > obligatorio. Ah... alguien pudo decir con palabras por qué yo tengo un problema con esa formulación, gracias :-) "No tener" en este contexto se refiere al hecho que una persona tiene derecho a negar la creación de una entidad virtual para él, por ejemplo, cuando un organismo estatal o privado almacena sus datos. Esta formulación tiene más alcances que simplemente decir que se tiene derecho a la intimidad. > 3. "Toda persona" puede tener.... regulada por cada persona". ACK > 4. La discriminación en todo nivel está regulada por otros acrtículos > constitucionales. ACK > 5. Si se trata de un derecho privado y discrecional de cada persona, > el Estado tampoco puede tener acceso a ella. Creo que entiendo lo que quiere decir, pero no estoy seguro. ¿Podría elaborar más por favor? Marcelo Magallón ============================== http://espanol.groups.yahoo.com/group/CR-denuncia/ Pie de mensaje: =============== ESTE GRUPO DE USUARIOS NO TIENE COLOR POLÍTICO =============== No se calle .... ¡DENUNCIE! Sea parte de la solución, no del problema Libérese de 50 años de paternalismo "Lo más atroz de las cosas malas de la gente mala es EL SILENCIO de la gente buena" ... Ghandi ********************************************* Publicar mensajes: CR-denuncia@gruposyahoo.com Suscribirse: [EMAIL PROTECTED] Borrarse del grupo: [EMAIL PROTECTED] Propietario: [EMAIL PROTECTED] Enlaces de Yahoo! Grupos <*> Para visitar tu grupo en Internet, ve a: http://espanol.groups.yahoo.com/group/CR-denuncia/ <*> Para cancelar tu suscripción a este grupo, envía un mensaje a: [EMAIL PROTECTED] <*> El uso de Yahoo! Grupos está sujeto a las: http://e1.docs.yahoo.com/info/utos.html