TIP NÚMERO 21

 

TIP FINANCIERO PARA GANAR MÁS DINERO…

 

POR: OSWALDO REYES CORONA

 

 

TIP:

 

CRECIMIENTO EMPRESARIAL A TRAVES DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

 

            Las empresas cooperativas en nuestro país se remontan al siglo pasado, cuando hacia la segunda parte de la década de los treintas, se instituyo la Ley General de Sociedades Cooperativas.

 

            En muchas de las veces escuchamos hablar de sociedades cooperativas y las relacionamos con pescadores, agricultores, ganaderos, algunas transportistas entre otras.

 

            Sin embargo la sociedad cooperativa no esta explotada por el empresario mexicano, aun más, no conocen de las bondades en los pagos de impuestos que tienen este tipo de sociedades y sobre todo la oportunidad de crecer que brinda a cualquier negocio.

 

            Las empresas cooperativas pueden ser de dos tipos: de consumo y de producción.

 

            Una empresa sociedad cooperativa de producción, puede estar en todas las áreas de negocios que se puedan imaginar, desde el área de servicios, industrial hasta financieros, etcétera.

 

            Las empresas sociedades cooperativas de consumo, pueden vender productos para sus socios consumidores, que pueden abarcar desde la venta de artículos del hogar, venta de autos, venta de casas, en general solventar cualquier necesidad de vida del socio y de su familia.

 

            Recuerdo una reunión a principios de año con un empresario del área de telemarketing, el cual está ubicado en un edificio muy famoso por Paseo de la Reforma, se nos planteaba la posibilidad de aplicar reingeniería fiscal para abatir de forma legal el pago de sus impuestos, nuestra respuesta fue contundente: crear una sociedad cooperativa o unirse a una que ya estuviera funcionando para evitar una mayor carga administrativa.

 

 

            En principio el empresario no captaba la idea de encajar en su mundo de negocios a una sociedad cooperativa, máxime que el siempre las había ubicado en otras áreas de negocios e incluso en otras regiones del país.

 

            Pero, cuando le comentamos que la sociedad cooperativa no pagaba Impuesto Sobre la Renta y que el pago de impuestos por retenciones a sus funcionarios, ejecutivos y demás planta laboral, podría oscilar entre los 60 a 100 pesos al mes, entonces nos pidió platicáramos de la estrategia completa.

 

            Iniciamos por comentarle, que una sociedad cooperativa necesita rigurosos controles para cumplir con lo establecido en su ley, que la misma no puede pensarse ni funcionar como una sociedad anónima o como una sociedad civil, y que además las sociedades cooperativas estaban protegidas a nivel constitucional; entre otras de las bondades, están los fondos que tienen para ellas las diversas secretarías de estado, para impulsar su crecimiento y fortalecerlas.

 

            Sabemos bien que la base la economía mexicana es capitalista, pero que requiere de una mezcla de factores sociales que coadyuven a su buen funcionamiento, la empresas cooperativa es el engrane perfecto entre la fuerza productiva del país y los inversionistas que buscan elevar sus utilidades.

 

            Ahora, la razón primordial de adherirse a una empresa sociedad cooperativa con todos los miembros de su organización y ahora realizar negocios a través de ella, motivaba en primer término a la permanencia de todos sus colaboradores, por que pasaban de ser simples empleados a ser empresarios dueños de la planta de trabajo, lo que generaba por consecuencia una elevación real en su ingreso neto mensual y un mayor nivel de vida, en razón de que su poder adquisitivo se veía incrementado notablemente.

 

            Y en segundo término, por que la empresa cooperativa a la que ellos podían adherirse, tenía ya una seria de beneficios inherentes por ser parte del selecto grupo de empresarios cooperativistas.

 

            Algunos ejemplos de los beneficios eran que podían tener acceso a una tarjeta de crédito, a préstamo para compra de auto, acceso a crédito barato para la compra de una casa, etcétera.

 

            Pero el que más le gusto al empresario, era el sistema de retiro de la empresa cooperativa.

 

            En efecto, todos nosotros sabemos que el famoso AFORE cuando entregue nuestro retiro, nos quitará alrededor del 25% de nuestro ahorro, situación que pocos trabajadores saben y conocen, pero en una empresa cooperativa a través del FONDO DE PENSIONS Y JUBILACIONES, logran obtener el 100% de su retiro que legalmente les corresponde y en algunos de los casos hasta un 150% más.

 

¿Cuál es la razón de percibir no sólo su retiro al 100% sino que este se vea duplicado?

 

Sencillamente por los convenios de inversión que tiene la empresa cooperativa y los cuales generan una mayor rentabilidad del dinero de los diversos socios que van gozando de su retiro en la sociedad cooperativa, pero lo más importante de todo: a tasa "cero" de impuestos.

 

Tenemos que admitir que hubo una pequeña diferencia no con el empresario que escuchaba atentamente la estrategia, sino con el asesor de su negocio, que argumentaba que era una estrategia que era satanizada por la autoridad hacendaria, esto no es cierto y es un error en el que viven muchos asesores fiscales y empresarios; la autoridad fiscal sataniza las empresas cooperativas que sólo se constituyen con el único fin de darle vuelta a las retenciones del impuesto y evitar el reparto de utilidades, pero aquellas cooperativas verdaderas, el fisco y las autoridades federales por el contrario, otorgan apoyos en un 100% e incluso con acceso a financiamientos de todo tipo a tasas preferenciales.

 

Ya con este argumento y además cuando el empresario vio el nombre y el prestigio de las empresas que ya hacían negocios con esta estrategia, opto por empezar a realizar el cambio de ideas en su organización, promoviendo a los miembros de ésta que optaran por la figura de la empresa cooperativa.

 

En estos momentos esta empresa en particular, ya ingresos a tener los beneficios que otorga la Ley Federal de Sociedades Cooperativas y la Ley de Fomento Cooperativo para estas empresas, con lo cual pagarán un Impuesto Sobre la Renta de $60.00 pesos de retención los socios y con la subsecuente baja de pago de IMSS, INFONAVIT y del Impuesto Sobre la Renta no sólo en las personas físicas, sino también en la propia empresa que dirige el patrón en mención.

 

Los invitamos a unirse al selecto grupo de empresarios que ya gozan de los beneficios de la sociedad cooperativa y que han incrementado notablemente su nivel de vida.

 

OSWALDO REYES ES UN RECONOCIDO ASESOR DE NEGOCIOS QUE DESTACA POR BUSCAR SIEMPRE NUEVAS ALTERNATIVAS EMPRESARIALES QUE INCREMENTEN EL BIENESTAR DE SUS CLIENTES. *

 

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