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Chavalo.
Ahi te va el fundamento del Transito
 
ARTÍCULO 67- Queda prohibido el estacionamiento en la vía pública de remolques y
semirremolques si no están unidos al vehículo que los estira.
 
LO MALO ES QUE NO TE DIJO LO SIGUIENTE::::::::::::::::::::::::::
 
ARTÍCULO 132.- Se impedirá la circulación de vehículos y se retirarán de la vía pública, y en
su caso se remitirán para depósito mediante el servicio de grúa, al verificarse cualquiera de los

siguientes supuestos:
I. Cuando le falten al vehículo ambas placas o el permiso correspondiente;
II. Cuando las placas del vehículo no coincidan en números y letras con la calcomanía o la
tarjeta de circulación;
III. Por estacionar el vehículo en lugar prohibido o en doble fila, y no esté presente el
conductor; en el caso anterior se deberá atender a las disposiciones siguientes:
A) Sólo podrá retirarse de la vía pública el vehículo de que se trate para remitirlo al
depósito correspondiente mediante el servicio de grúa, cuando no esté presente el
conductor, o bien, no quiera o no pueda remover el vehículo;
B) En caso de que esté presente el conductor y remueva su vehículo del lugar prohibido,
sólo se levantará la infracción que proceda. Si el conductor llegara después de que se
despachó la grúa y antes de que ésta se retire, éste deberá liquidar el servicio de no
arrastre para evitar el retiro del vehículo;
 
ME IMAGINO QUE TAMPOCO TE DIJO ESTO::::::::::::::
 
ARTÍCULO 127.- Además de todas las atribuciones ya mencionadas en los diversos Capítulos
de este Reglamento, la Autoridad Municipal tendrá las siguientes:
I. Establecer o autorizar centros de capacitación en materia de Tránsito y Vialidad,
los cuales pueden ser oficiales o particulares;
II. Retirar de la circulación todos aquellos vehículos que no satisfagan los requisitos
de seguridad, o registro, de acuerdo con el presente Reglamento;
III. Retirar de la vía pública los vehículos que presenten muestras de abandono,
inutilidad o desarme mediante el servicio de grúa remitiéndolo al lote autorizado.
En cuyo caso se llevará a cabo el siguiente procedimiento:
A) Se fijará un aviso por veinticuatro horas a fin de que el interesado, retire su
vehículo.
B) Después de vencido el plazo, en caso de no ser retirado, la Autoridad retirará el
vehículo, remolque o semirremolque llevándolo al lote autorizado.
Te pudieron aplicar cualquiera de las dos opciones ¡¡¡¡
 
Te paso el articulo que te ordena como debes traer el remolque y si quieres te mando a tu correo el reglamento de transito........
 
Artículo 24....XVII DISPOSITIVOS PARA REMOLQUES. Todos los remolques deberán tener además del
dispositivo de unión al vehículo automotor, dos cadenas adecuadas al peso de cada
remolque; debiendo ir una a cada lado del frente del remolque. Estas cadenas deberán
unirse al vehículo automotor para evitar el desprendimiento total del remolque en caso
de falla del dispositivo de unión;
 
Insisto, tenemos a las autoridades que nos merecemos¡¡¡¡¡¡¡
 
y ya no digo mas por que, se enojan mis amigos del sureste de la republica, se enojan algunos amigos del foro, se enojan los partidos politicos, se enojan las autoridades,  además estamos en Cuaresma...........
 
El jueves voy "pal Cuchillo.... pero eso si, voy a renovar mis permisos y a los "pelaos"  que van conmigo les voy a hacer manita de puerco para que tambien los saquen y no infrinjan la Ley, por que sin permisos no se suben a la lancha.... mas ahora que los recursos se quedan en el Estado....me emociono de pensar  en las obras que van a hacer con el dinero recaudado $$$$ aunque no sean de pesca, no le hace........
 
Saludos
 
 
Lic. Federico Rojas Veloquio
Abogado Corporativo y de Contratos
Industrias AlEn
Blvd. Díaz Ordaz No 1000
Santa Catarina, N.L. México
C.P. 66350
Tel Directo : 8122-1523
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Chavalo cierto no puedes dejar el remolque solo en la via publica viene en
el reglamento de transito

Saludos

Hector Ruiz (potro)

-----Mensaje original-----
De: [EMAIL PROTECTED] [mailto:[EMAIL PROTECTED] En nombre
de Salvador C
Enviado el: Martes, 11 de Abril de 2006 04:26 p.m.
Para: [email protected]
Asunto: [Bass Zone] Desconocimiento del reglamento de transito

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Hoy saque la lancha a la calle, bien estacionada y
todo, para darle limpieza, y de repente llega un
agente de transito, y me dice que ya pidió la grua,
que se la va a llevar, por infringir el reglamento de
transito.

Segun él, que no puedo desganchar el remolque de mi
camioneta, mientras esta en via pública, hice una
mexicanada(mordida), pero no paso a mayores, alguien
sabe algo al respecto.

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