Buenos Aires, 28 de Junio de 2011
    Sres. Senadores de la Nación,
    En nuestra condición de ciudadanos nos dirigimos a ustedes a fin
de hacerles conocer nuestra posición en relación a los proyectos de
Ley de Remuneración por Copia Privada, o Canon Digital.

    1. El canon digital es indiscriminado. Los dispositivos
contemplados en el proyecto de ley tienen un sin fin de usos, la
mayoría de ellos laborales, productivos y personales. Estos
dispositivos no se utilizan sólo para hacer copias de obras
monopolizadas bajo derecho de autor, sino que pueden utilizarse para
guardar, por ejemplo, fotos familiares, trabajos propios, archivos de
empresas, pymes y administraciones públicas que claramente son del
usuario o la entidad que realizó esos trabajos y que no reproducen las
obras administradas por las gestoras colectivas. Esta es la razón por
la cual el Tribunal de Justicia Europeo, en Octubre de 2010 declaró
que el Canon digital aplicado de forma indiscriminada es un abuso y
ordenó suspenderlo.

    2. El canon digital perjudica a la gran mayoría de los artistas.
Según los datos del Boletín Oficial Español, el 97% de los artistas
era más pobre a partir del cobro del canon1.

    En los varios proyectos de ley presentandos, en algunos de ellos
se menciona que “el canon digital se cobrará a los fabricantes”. Un
impuesto del 75% sobre un CD, DVD o Blu-Ray, tal como propone el
proyecto del Senador Pichetto, difícilmente sea trasladado
exclusivamente a los fabricantes; finalmente será cobrado a los
usuarios de esos dispositivos. Sabemos que el costo será trasladado a
los consumidores finales.

    3. La copia en la esfera privada está protegida por la garantía
del art. 19 de la Constitución Argentina: “Las acciones privadas de
los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública,
ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas
de la autoridad de los magistrados.” Cobrar a las personas por las
copias privadas que realizan de obras legítimamente adquiridas es un
abuso sobre la esfera de las actividades privadas.

    5. No hay pruebas de que la copia privada dañe a los artistas; por
el contrario, sí existen muchas pruebas de que el canon digital daña
la economía en general (porque aumenta el costo de los insumos de
tecnología esenciales para toda actividad productiva local), empobrece
a los artistas y en su mayoría favorece sólo a las sociedades de
gestión colectiva.

    En Octubre de 2010, el Tribunal de Justicia Europeo hizo lugar a
una demanda contra el canon y declaró que su aplicación en España era
abusiva. En 2011, Holanda anuló por ley el Canon Digital para promover
la innovación y la creatividad. Europa está discutiendo fuertemente
las implicancias de este gravámen que perjudica a un alto porcentaje
de la población en beneficio de las gestoras colectivas de derecho de
autor. Las gestoras colectivas argentinas recaudarán de nuestros
bolsillos y girarán remesas a las gestoras colectivas extranjeras,
porque así funciona la lógica de la gestión colectiva.

    El canon digital es un abuso. Las acciones privadas son privadas.
Los ciudadanos no vamos a negociar nuestros derechos. No al Canon
Digital.

-- 
Fernando Pelillo
www.fernandopelillo.com.ar
www.argenclic.org.ar
www.gleducar.org.ar

Fuente: 
http://www.vialibre.org.ar/2011/06/28/urgente-escribile-a-los-senadores-y-deciles-que-no-al-canon-digital/
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