Muchas gracias Claudio. 

Enviado desde Yahoo Mail con Android 
 
  El vie. 6 6e ene. 6e 2017 a las 9:33 PM, Lic Claudio E. 
Segretin<segre...@eficonsultora.com> escribió:   
De cuál régimen de ganancias estás hablando? 

  

Si es del régimen de ganancias sobre la compra de bienes, el monto de la 
retención se calcula sobre el monto acumulado de los pagos realizados en el mes 
a un proveedor, descontando el Mínimo no Imponible al realizar el pago. El 
cálculo se hace sobre los netos sin impuestos de las facturas pagadas. Se 
comienza a retener en los pagos realizados luego de superarse el Mínimo no 
imponible que hasta hace poco era de $ 12000.00 . Siempre mensual.

  

Espero te sirva.

  

Saludos…

Claudio E. Segretin

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De: GUFA@mug.org.ar [mailto:GUFA@mug.org.ar] En nombre de Cristian Conte
Enviado el: viernes, 6 de enero de 2017 16:25
Para: GUFA List Member <GUFA@mug.org.ar>
Asunto: [GUFA] CONSULTA OFF TOPIC

  

Buen dia:

Tengo un cliente que pasa a ser agente de retención de ganancias, y la gran 
pregunta es la siguiente sobre que valor se debe de calcular la retención en el 
siguiente caso. La retención de imp. a las ganancias se calcula sobre el monto 
de un pago antes o después de restar el descuento por pronto pago? Seguramente 
a alguno de ustedes ya pasaron por este ejemplo.

Muchas Gracias.

Cristian Conte

  
  

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