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El 2012 urr 18, a las 10:15, Pablo Boronat Pérez <[email protected]> escribió:

> Asier, contesto entre líneas. Pero cuando hablamos estos temas es mejor no 
> alarmar en las listas. Esto ya ha salido a relucir un montón de veces y se a 
> aclardo.
> 
> Matizo alguna cosa para no generar más dudas.
> 
> El 18 de octubre de 2012 09:56, Asier Garaialde - GipuzkoaShare 
> <[email protected]> escribió:
> Aupa!
> 
> En mi opinión, no habria ningún problema para que se creara una asociación y 
> compartiera los gastos de un uso común de una conexión a Internet. La CMT ya 
> lo dejó claro en su resolución sobre compartir internet en una comunidad de 
> vecinos (http://blogcmt.com/2010/09/14/vecinos-que-comparten-wifi/) y el caso 
> de una asociación debería ser muy parecida, siempre que:
> 
> El wifi no está abierto al público en general y, por tanto, el número de 
> usuarios del wifi no es masivo.
> Los vecinos no tienen ánimo de lucro y entre todos sufragarán los costes de 
> la red.
> No es la misma comunidad de vecinos la que presta el servicio de acceso a 
> internet mediante wifi ni ofrece un servicio de atención al cliente.
> 
> Por otro lado, hay que tener claro que en estos casos el hecho mas importante 
> ante la CMT no es si está prohibido o no, sino saber si hay obligación de 
> notificarlo o no. En la propia resolución sobre comunidades de vecinos se 
> puede observar que en todo momento se analiza la necesidad de inscribirse en 
> el Registro de Operadores pero en ningún momento se llegan a definir 
> prohibiciones. Por tanto, siempre se puede compartir y es legal, siendo la 
> única duda dsi hay obligación de inscribirse en el Registro de Operadores y 
> notificar la actividad o  no. 
> 
> En esa misma noticia ya se dice que NO es necesario inscribirse.

Exactamente, tambien lo he dicho yo; En casos parecidos NO ES NECESARIO 
INSCRIBIRSE.
Lo que queria enfatizar yo era que es muy diferente la duda de que si hay que 
incribirse o no y que este prohibido compartir. NUNCA ESTA PROHIBIDO COMPARTIR 
y como mucho, solamente cabe dudar de la necesidad de notificarlo (que en casos 
parecidos al expuesto se deberia entender que no es necesario) o no. Esto lo 
digo porque muchas veces el debate deriva incorrectamente a discutir sobre si 
esta prohibido compartir cuando el unico debate que puede existir es en que 
condiciones se comparte.

Tampoco quiero que se entienda de esto que una asociacion nunca debe notificar. 
Siempre hay que interpretar racionalmente la situacion y si una hipotetica 
asociacion sin animo de lucro tuviera miles de socios, seguramente la CMT le 
exigiria notificarlo. En ese caso se notifica y punto, asunto arreglado.

Todo se reduce a tener una actitud y hacer una interpretacion racional de la 
situacion. Tanto aqui como en la mayoria de los ambitos de la vida, no se puede 
reducir todo a blanco o negro, sino pensar un poco en las circunstancias de la 
situacion.

>  
> Sin ir mas lejos, recordemos que la tan famosa sentencia contra el 
> ayuntamiento de malaga es justamente por no notificarlo, no por compartir 
> internet.
> 
> NO TIENE NADA QUE VER. Era una administración pública, y ahí está claro que 
> hay que notificar. Sigue sin haber ninguna duda.
>  
Sigo diciendo lo mismo. He sacado a colacion el tema de Malaga para mostrar que 
la sentencia reduce todo a valorar la notificacion, sin entrar en valoraciones 
sobre el hecho de compartir, ni si el wifi es de acceso publico ni nada; 
unicamente en la notificacion. De hecho, la sentencia no prohibe la 
implantacion.
Por eso digo que la sentencia de Malaga no debe asustarnos, sino nos da la 
razon a los que argumentamos que las conexiones publicas y compartir las 
conexiones NO ESTAN PROHIBIDAS.

Por eso, te sigo dando la razon, en condiciones parecidas a las expresadas en 
la resolucion sobre comunidades de vecinos cabe deducir que no es necesaria la 
notificacion.
> 
> Por lo dicho anteriormente, por un lado cabría deducir que una asociación no 
> debería notificar la actividad por poder definirse como autoprestación y por 
> otro, y esto es importante, si la implantación se hace bajo la cobertura 
> organizativa de guifi.net hay que recordar que guifi.net está inscrita en el 
> registro de operadores.
> 
> Indicar que lo que he expuesto lo hago como mi opinión personal y tras las 
> lecturas y estudios de las diferentes resoluciones y sentencias sobre este 
> tema. Ni soy letrado ni mi opinión (ni la de nadie) debe tomarse como 
> veracidad absoluta. Cada situación y condiciones son diferentes y solamente 
> cabe hacer una interpretación racional de lo que se debe hacer en cada caso. 
> En el caso de que nos estemos equivocando, ya nos advertirá la CMT.
> 
> Para acabar, pienso que no podemos ser mas papistas que el papa y estar 
> valorando y preguntando en cada momento a la CMT si la implantación que vamos 
> a hacer hay que notificarlo o no. Actuando de esa manera, seriamos nostros 
> mismos los que estariamos coartando y limitando nuestro derecho a implantar y 
> desarrollar redes libres. Actúa de una manera racional y saca adelante el 
> proyecto, despues, si sale algún problema ya se le encontrará la solución.
> 
> Eso es. Debemos ser conscientes de que guifi.net es vanguardia social. 
> Tenemos que ir por delante y abrir caminos. Si siempre estamos sembrando 
> dudas y se actúa con miedo, nos cerramos en casa, no hacemos nada y que hagan 
> lo que quieran con nosotros. Por cierto, ya lo han hecho.
> 
> Formar parte de guifi.net nos permite ir por delante y defendernos tanto como 
> operador como grupo de usuarios. Y para esto podemos contar con la Fundación.
> 
> Luego ahora alguien sacara OTRA VEZ el temita de los del contrato privado con 
> el operador y a darle otra vez al correo. Dejaros estar de las clausulas 
> abusivas de los operadores clásicos. Si amenazan con cortar el servicio, que 
> lo hagan y buscad otro. Nosotros interpretamos que no se vulnera nada porque 
> se ha adquirido un ancho de banda a nombre de la asociación y se comparte con 
> los colegas que probablemente tienen una cuenta en el servidor donde está el 
> acceso. Sobre cómo llegan allí lo socios o colegas o lo que sea, el operador 
> no tiene nada que decir.
> 
Amen! Toda la puñetera razon!...

Como bien dices, espero que nadie saque el tema de la dichosa clausulita :P

> Abandono aquí mismo este hilo.
> 
> Avant! 
> 
> Aio sí!
> P.
> 
>  
> 
> Aio!
> 
> Asier Garaialde
> 
> El 2012/10/18 08:37, Raül Rivero Ramos escribió:
>> Bon dia,
>>  
>> Jo estic pensant fer el mateix, ja que a lliça d'amunt com a únic operador 
>> tenim a telefònica i no arriba a les urbanitzacions. Com a solució 
>> l'ajuntament ens facilita el telèfon d' Eurona que tenen una cobertura 
>> limitada i uns preus desorbitats. Ja podria ser a la inversa :).
>>  
>>  
>> A la web de l'Ajuntament de Lliça estan publicades les ordenances i un model 
>> d'estatut.
>>  
>> Si algú de Lliça d'amunt esta interessat en formar part de l'entitat sense 
>> ànim de lucre, que es posi en contacte amb mi, també a banda expandir 
>> guifi.net al municipi també tinc al cap portar les TIC a les persones que no 
>> tenen recursos.
>>  
>> Salut
>> 
>> El 17 d’octubre de 2012 21:51, Xavier Martinez 
>> <[email protected]> ha escrit:
>> A Manresa estem exactament igual. Tenim estatus, NIF, etc... Ens hem 
>> plantejat lo de la CMT però no sabem per on començar, si algú ho aclareix, 
>> serà estupendo...
>> 
>> El 17 d’octubre de 2012 21:43, nosekefik <[email protected]> ha escrit:
>> 
>> Teniu algun model dels estatuts?
>> Esque no se com ficarme en aixo...
>> Pel tema de la CMT, se que hi ha alguna associació que si que s'ha fet, pero 
>> no se quins beneficis hi trauen de aixo...
>> 
>> 
>> El 17 d’octubre de 2012 21:40, Pau Ibars <[email protected]> ha escrit:
>> 
>> A Sant Feliu anem amb la mateixa idea. Tenim associació, NIF, estatuts, i 
>> demés;  i els socis tb pagaran cuotes, tal i com dius tu. Jo entenc que no 
>> cal notificar, doncs:
>> 
>> 1) no tenim ànim de lucre. No hi ha activitat comercial. No hi ha cap 
>> operador,                             hi ha una entitat que gestiona unes 
>> cuotes que tant poden anar a pagar una ADSL com a comprar material fungible! 
>> :)
>> 2) totes les gestions el que tinguin referència amb la xarxa guifi.net ja 
>> estan notificades per la Fundació
>> 
>> Espero que t'hagi ajudat una mica.
>> 
>> SAX!
>> 
>> -- 
>> Pau Ibars
>> http://www.pauibars.cat
>> [email protected]
>> 
>> El 17 d’octubre de 2012 20:14, nosekefik <[email protected]> ha escrit:
>> Bona nit!
>> 
>> A veure si algú hem pot ajudar...
>> Estem pensant montar una associació sense anim de lucre, on els socis 
>> pagaran una cuota (3 o 4 € mensuals) que anira destinada a les despeses i    
>>                                      millores (ADSL, supernodes, averies...) 
>> fins ací tot mes o menys clar, com algunes que hi han ja creades.
>> 
>> S'ha de notificar a la CMT i donarse d'alta com a operador? Si es aixi, algu 
>> te algun model per a fer-ho?
>> Se que  hi han associacions similars? 
>> 
>> Moltes gràcies a tots!
>> 
>> SAX!
>> 
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