- Solo el titular del Derecho o su Representante Legal, debidamente acreditado, puede denunciar infracción a los Derechos de Autor (Licencias)
- Según el TUPA de INDECOPI [1] solo pueden interponer denuncia los anteriormente indicados, previo abono de la suma de 5% de la UIT POR CADA denunciado* (Item 16 página 9 en el PDF). [1] http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/9/par/archivosdda/tupaoda.pdf Adicionalmente en algunos casos pueden solicitar esta verificación las sociedades de gestión colectiva (APDAYC, BSA, etc.). Sería interesante saber que opina el INDECOPI de la carta de INFOCORP *1 UIT = 3600 * 5% = S/.180.00 _______________________________________________ Lista de correo Linux-plug Temática: Discusión general sobre Linux Peruvian Linux User Group (http://www.linux.org.pe) Participa suscribiéndote y escribiendo a: linux-plug@linux.org.pe Para darte de alta, de baja o hacer ajustes a tu suscripción visita: http://listas.linux.org.pe/mailman/listinfo/linux-plug IMPORTANTE: Reglas y recomendaciones http://www.linux.org.pe/listas/reglas.php http://www.linux.org.pe/listas/comportamiento.php http://www.linux.org.pe/listas/recomendaciones.php