On Nov 27, 2007 11:48 PM, Fernando Ortiz <[EMAIL PROTECTED]> wrote: > Estimado > > Prueba con este procedimiento, lo he utilizado y nunca he tenido > problemas. > > http://www.redhat.com/docs/manuals/linux/RHL-9-Manual/custom-guide/s1-secureserver-selfsigned.html > >
Gracias Fernando por el link... lo alcance a leer no mas pq dsps me dijo que el servidor estaba abajo... pero mirando el make que trae ejecute los comandos... pero tras realizar el make testcert y copiar el crt al directorio de apache, ahora apache no parte y en el log me dice: [Wed Nov 28 12:03:38 2007] [notice] core dump file size limit raised to 4294967295 bytes y en la consola: [EMAIL PROTECTED] certs]# service httpd start Starting httpd: [Wed Nov 28 12:03:38 2007] [warn] NameVirtualHost lxarturo:80 has no VirtualHosts [FAILED] Alguna idea?? Saludos, Arturo. From [EMAIL PROTECTED] Wed Nov 28 11:43:42 2007 From: [EMAIL PROTECTED] (=?ISO-8859-1?Q?Germ=E1n_Po=F3-Caama=F1o?=) Date: Wed Nov 28 12:12:56 2007 Subject: Formatos privativos [Was: Re: Alguna =?iso-8859-1?q?opci?= =?iso-8859-1?q?=F3n?= a RAR ] In-Reply-To: <[EMAIL PROTECTED]> References: <[EMAIL PROTECTED]> <[EMAIL PROTECTED]> <[EMAIL PROTECTED]> <[EMAIL PROTECTED]> <[EMAIL PROTECTED]> <[EMAIL PROTECTED]> <[EMAIL PROTECTED]> <[EMAIL PROTECTED]> Message-ID: <[EMAIL PROTECTED]> On Wed, 2007-11-28 at 10:31 -0300, Horst H. von Brand wrote: > [...] > En USA hay abundante legislacion sobre "propiedad intelectual" (y, gracias > a la convencion de Berna y una coleccion de tratados de "libre comercio" en > muchos otros lados, en grandes partes es similar a lo largo del mundo). Me > remito a la situacion USA, que mejor conozco. > > Hay leyes en 4 areas, que colectivamente llaman "propiedad intelectual", > pero que son areas distintas con leyes muy diferentes. > > - Derecho de autor ("copyright"): Cubre el derecho del autor a decidir que > se puede (o no) hacer con copias (o derivados substancialmente similares) > de sus obras. P.ej. si escribo una novela o un programa, o pinto un > cuadro, puedo decidir si permito que se distribuyan copias, si permito > que otros tomen partes de eso para incluirlo en otras obras (crear obras > derivadas). Cubre obras "substancialmente similares", o sea, no puedo > distribuir una novela sobre un tal Harry Potter que estudia magia en la U > de Nosedonde. Nada me impide vender una novela sobre una universidad de > magia, o un estudiante universitario, etc. Y si puedo demostrar que mi > idea de Haroldo Ollas, que estudia magia en el Instituto Profesional de > Chamanes y Magos, es una idea original mia, no tengo problemas. Protege > la /obra/, y la protege de copias, no de reinvenciones independientes; y > es la obra lo protegido, no las ideas que incluya. Actualmente tiene > validez por 99 an~os, luego de lo cual la obra pasa a pertenecer al > grueso publico. La protección es algo más que eso. En general se podría decir que cubre la obra mientras el autor esté vivo y 70 años después de su muerte; lo cual suele ser mucho más que 99 años. Pero hay más casos, como cuando la obra es un trabajo compartido o no se especifican los autores (escrito mediante contrato/mandato). También depende de cuando fue escrita la obra. Detalles en http://www.copyright.gov/circs/circ1.html#hlc Cada vez que Mickey debiera a pasar a dominio publico, Disney hace lobby suficiente para lograr modificar la ley en EEU y extender la protección al derecho de autor (el caballito de batalla de Larry Lessig). -- Germán Poó Caamaño Concepción - Chile