El 13/05/09 07:09, Horacio escribió: [...] >> ¿Y no tienen que probarlo en un juicio acaso?. > > Queda implícito el juicio por daños y perjuicios
Bien. Entonces se requiere de un juicio. No importa lo que diga la garantía. > >>> En este caso el uso de especificaciones formales salvarían vidas y >>> juicios innecesarios... No? o con la GPL te lavas las manos? >> Entiendo lo que vos indicas. >> Pero yo entiendo que se haría un juicio por negligencia. >> >> No te olvides que la GPL es una licencia de Copyright y es un contrato >> entre dos partes. Podrá decir que no da garantía, pero vos tenes la >> libertad de hacerle juicio al desarrollador del código sin importar lo >> que diga la licencia. > > Ya que seguimos con la situición hipotética... uno como gerente > responsable de una empresa desarrolladora del sistema de control y > estabilidad del TGV, basandome en tus dichos, a quien contrataría? A > josé GPL que no me da garantías y no respeta las especificaciones > formales o a pepe polo infromático rosario que si bien vende algo > cerrado respeta las especificaciones formales y vende una garantía a > prueva fallos y se hace cargo de los errores por 5 años... ya que > cualquier juicio de negligencia es nefasto para cualquier empresa.. Por que no Jose GPL que respeta las especificaciones formales y te de garantía de 5 año por errores? Eso, es algo que tiene que ver con la comercialización y no con que lo impongan por una ley. A eso es lo que me refiero. El gerente comprara al que más le convenga. > > Te comento que esto es lo que se hace en telefonía celular como > TELMEX, donde se busca garantías... > >> Lo que yo creo que es que si se quieren dar ciertas garantías se tiene >> que *certificar* y allí entra el software libre y el no libre, >> independientemente de lo que indique el Copyright. > > El SL según la GPL no se dan garantías... Ningún software puede dar garantías según lo que indica la UNR, por ejemplo. > y acá nunca hablé de > Copyright ... Es en el Copyright que se indica que no hay garantías y es el único contrato obligatorio que se tiene para un software GPL, después podes hacer todos los demás contratos entre dos partes que quieras, siempre que no violen la GPL. Que, aunque pase, también tendría que ser defendida por una de las partes. En lo que a *tecnico* se refiere y concentrándome en el articulo para no salir de las ramas, el software todavía no está en condiciones de dar la mismas que se da para un bien tangible. el CR es para el desarrollador no para el cliente, y yo > siempre focalizo del lado cliente... y cliente busca garantías o > responsabilidad en caso de fallos... Saludos.- -- [email protected] - GPG: 1024D/FB208AA2 797A 6D01 B7FC B8C7 AD5E|counter.li.org: #146768 2A50 66E6 2FFB FB20 8AA2|http://www.lugro.org.ar http://noalamatricula.wordpress.com/about/ read! "Si el Universo fuera un programa estaría hecho en C, y correría sobre un sistema UNIX" Anónimo. _______________________________________________ Lugro mailing list [email protected] http://www.lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
