El día 26 de octubre de 2011 01:31, Ricardo Armas <[email protected]> escribió: >> Via libre publica algo interesante. >> >> http://www.vialibre.org.ar/2011/10/25/que-en-paz-descansen-los-enlaces/ > > Es interesante, pero: > "Enlazar sitios de internet no es otra cosa que ofrecer el mero dato > fáctico de un contenido que se halla en otro lugar de Internet, y > queda muy lejos del núcleo de lo que supone distribuir, reproducir o > comunicar públicamente, que es lo que realmente menciona la ley de > propiedad intelectual argentina. Cuesta entender que parte de la ley > 11.723 interpretan los jueces, ha sido vulnerada, y cómo es que un > hiperenlace (una referencia, una dirección a otro sitio), puede > entenderse como una forma de reproducción, copia o comunicación > pública de una obra."
Ni los jueces, ni los abogados son idóneos en temas tecnológicos, salvo raras excepciones,... lamentablemente de acuerdo a la ley argentina son los únicos que pueden litigar en un juicio... como no cazan un catzo... piden acesoramiento... que de lo poco que pueden entender siempre tiene la ventaja aquel que use el código penal a su favor por mas que haya dicho una burrada. Recuerdo que alguna vez la justicia argentina se propuso penalizar a los buscadores, siendo que estos no son graneadores de contenido, menos mal que yahoo y google argentina contactaron con un abogado idóneo en tecnología que pudo usar el código legal a favor de los buscadores... _______________________________________________ Lugro mailing list [email protected] http://lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
