[Talk-es] Sevilla, 25-29 de octubre

2008-10-15 Por tema Iván Sánchez Ortega
Hola a todos,


Después de haber estado tomando cañas por Madrid, pregunto:

¿Va a haber alguien por Sevilla la semana del 25 al 29 de octubre?


Lo digo porque un par de profesores de universidad del reino unido, que están 
metidos en OSM hasta la cintura, van de visita, y sería una buena oportunidad 
para conocerlos, llevarles de visita por la ciudad, y de paso poner nombres 
de calles, que faltan muchos.

Interesados respondan en la lista, y/o escriban a Steve Chilton (steve8  
arroba  mdx.ac.uk)



Un saludo,
-- 
--
Iván Sánchez Ortega <[EMAIL PROTECTED]>

"Me parece un horror [la piratería]. Se ha cerrado Madrid Rock por los 
piratas. [...] Vemos impotenetes cómo las peliculas se bajan a través de 
Internet [...]"
Natalia Verbeke. La Gaceta de los Negocios (1/4/05)

P: De todas las peliculas que has hecho, de cual te sientes más satisfecha?
R: Jump Tomorrow. Si se estrena aquí, la verás y si no, bájatela por Internet.
Natalia Verbeke en un "Encuentro" de EL MUNDO (11/7/02).


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Re: [Talk-es] Paradas de bus y exportación

2008-10-15 Por tema Iván Sánchez Ortega
El Miércoles, 15 de Octubre de 2008, Iván Sánchez Ortega escribió:
> Por otra parte, puedes probar Gosmore, [...]

No, me he hecho un lío. "Gosmore" es para renderización y búsqueda de 
caminos. "Osmosis" es para conversión de formatos.

-- 
--
Iván Sánchez Ortega <[EMAIL PROTECTED]>

Un ordenador no es un televisor ni un microondas, es una herramienta compleja.


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Re: [Talk-es] Paradas de bus y exportación

2008-10-15 Por tema Iván Sánchez Ortega
El Miércoles, 15 de Octubre de 2008, Emilio Gómez Fdez. escribió:
>  Por otro lado, ¿sabéis si existe una forma sencilla de exportar datos OSM
> a shapefile o cualquier otro formato SIG?

Lo más fácil es bajarte unos shapes ya "prefabricados" por CloudMade (la 
empresa privada de SteveC & co). Están por aquí:
http://downloads.cloudmade.com/

Por otra parte, puedes probar Gosmore, un programa que fue diseñado teniendo 
en cuenta la exportación de datos a otros formatos.


Un saludo,
-- 
--
Iván Sánchez Ortega <[EMAIL PROTECTED]>

MSN:[EMAIL PROTECTED]
Jabber:[EMAIL PROTECTED] ; [EMAIL PROTECTED]


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Re: [Talk-es] Liberando mapas de las actas pública s

2008-10-15 Por tema Pablo Cascón Katchadourian
Ha respondido David Maeztu a la última duda:

"los datos e informaciones de la administración tienen un régimen 
especial tengan o no derechos de propiedad intelectual, y por lo tanto 
habrá que atender a lo que diga esta norma respecto de su uso. Lo cierto 
es que al no tener derechos de propiedad intelectual algunos de los 
datos de la administración (otros sí los tendrán) se facilita el uso.

Pero tanto unos como otros son regulados en su uso por terceros por esta 
ley. " (reutilización de la información del sector público)

Hay que estudiar esto a fondo.

Pablo



Pablo Cascón Katchadourian wrote:
> Hola a todos,
> han respondido un email con la respuesta elaborada de los abogados 
> Javier de la Cueva, David Maeztu y Andy Ramos. Os copio la respuesta. 
> Vienen a decir que depende, pero en concreto un Plan General sí entra 
> dentro de la exclusión del art. 13 y se podría usar porque "suponen la 
> expresión de la voluntad...del municipio". Lo único mosqueante son las 2 
> últimas frases que entiendo significan que aún con todo hay que 
> "pedirlo" en vez de "tomarlo" sin más (escribiré para volver a preguntar) :
>
> -
> Hola:
>
> Os remitimos respuesta elaborada sobre los comentarios que hemos tenido 
> Javier, Andy y yo, creemos que os servirá a los efectos de entender 
> mejor el contenido y los supuestos a los que se aplica el artículo 13.
>
> Los tres estamos de acuerdo en lo que a continuación se sigue, esperamos 
> sea de utilidad.
>
> Un saludo.
>
>
> ---“Aplicación del artículo 13 LPI y reutilización de información del 
> sector público por el proyecto “Openstreetmaps”.---
>
> El artículo 13 LPI establece una serie de trabajos, que a pesar de su 
> evidente contenido intelectual, por su propio origen quedan al margen de 
> protección:
>
> “No son objeto de propiedad intelectual las disposiciones legales o 
> reglamentarias y sus correspondientes proyectos, las resoluciones de los 
> órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y 
> dictámenes de los organismos públicos, así como las traducciones 
> oficiales de todos los textos anteriores.”
>
> Es importante separar, en función de la clásica división de poderes 
> formulada por los ilustrados, los tres ámbitos del artículo para su 
> análisis.
>
> Por un lado tenemos las “disposiciones legales o reglamentarias y sus 
> correspondientes proyectos” como manifestación del poder legislativo. La 
> LPI se refiere no sólo a las normas que puedan ser elaboradas por el 
> Congreso de los Diputados, sino a todas las disposiciones de carácter 
> normativo de nuestro ordenamiento dictadas por quienes tengan la 
> facultad legalmente atribuida para ello. Así, por ejemplo se deben 
> incluir las leyes elaboradas por los parlamentos autonómicos, las 
> ordenes ministeriales, las normas urbanísticas municipales, etc. Hay que 
> tener en cuenta que estas normas son publicadas en el Boletín Oficial 
> correspondiente, y dado que tienen alcance general son públicamente 
> consultables.
>
> En segundo lugar tendríamos el contenido de “las resoluciones de los 
> órganos jurisdiccionales”, es decir las sentencias y autos dictadas en 
> ejercicio de la potestad jurisdiccional.
>
> Y en tercer y último lugar estarían “los actos, acuerdos, deliberaciones 
> y dictámenes de los organismos públicos”, es decir el resto de 
> actuaciones propias de las administraciones públicas a todos los 
> niveles. La dificultad de localizar estas actuaciones estriba en que 
> pueden tener alcance no general, que sólo afecten a determinadas 
> personas, por lo que puede negarse el acceso al expediente 
> administrativo en que se encuentre la información si no se acredita un 
> interés legítimo.
>
> Establecido lo anterior, hay que señalar que existen varias 
> disposiciones legales y/o actos administrativos en las que se incorporan 
> datos e informaciones cartográficas que podrían ser utilizables por el 
> proyecto y situaciones que en principio son contradictorias ya que 
> existen obras intelectuales que se incorporan a un expediente 
> administrativo pero que no por ello dejan de estar protegidas por la LPI.
> El criterio clave para discernir lo excluido y lo que no es si la obra 
> es o forma parte esencial de la expresión de la voluntad del organismo 
> público actuante y que esa voluntad tenga cierto alcance general, 
> siempre lógicamente que lo haga en ejercicio de las facultades atribuidas.
>
> Así por ejemplo instrumentos de planeamiento urbanístico, ya sean Planes 
> Generales o planes de desarrollo (Planes parciales, Especiales, etc.) 
> son elaborados en desarrollo de las normas sobre el territorio de las 
> Comunidades Autónomas, y como tales incorporan planos e informaciones 
> técnicas. El dichos instrumentos suponen la expresión de la voluntad, en 
> este caso del municipio, respecto del territorio y del urbanismo por lo 
> que entrarían en lo que di

Re: [Talk-es] Liberando mapas de las actas pública s

2008-10-15 Por tema Pablo Cascón Katchadourian
Hola a todos,
han respondido un email con la respuesta elaborada de los abogados 
Javier de la Cueva, David Maeztu y Andy Ramos. Os copio la respuesta. 
Vienen a decir que depende, pero en concreto un Plan General sí entra 
dentro de la exclusión del art. 13 y se podría usar porque "suponen la 
expresión de la voluntad...del municipio". Lo único mosqueante son las 2 
últimas frases que entiendo significan que aún con todo hay que 
"pedirlo" en vez de "tomarlo" sin más (escribiré para volver a preguntar) :

-
Hola:

Os remitimos respuesta elaborada sobre los comentarios que hemos tenido 
Javier, Andy y yo, creemos que os servirá a los efectos de entender 
mejor el contenido y los supuestos a los que se aplica el artículo 13.

Los tres estamos de acuerdo en lo que a continuación se sigue, esperamos 
sea de utilidad.

Un saludo.


---“Aplicación del artículo 13 LPI y reutilización de información del 
sector público por el proyecto “Openstreetmaps”.---

El artículo 13 LPI establece una serie de trabajos, que a pesar de su 
evidente contenido intelectual, por su propio origen quedan al margen de 
protección:

“No son objeto de propiedad intelectual las disposiciones legales o 
reglamentarias y sus correspondientes proyectos, las resoluciones de los 
órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y 
dictámenes de los organismos públicos, así como las traducciones 
oficiales de todos los textos anteriores.”

Es importante separar, en función de la clásica división de poderes 
formulada por los ilustrados, los tres ámbitos del artículo para su 
análisis.

Por un lado tenemos las “disposiciones legales o reglamentarias y sus 
correspondientes proyectos” como manifestación del poder legislativo. La 
LPI se refiere no sólo a las normas que puedan ser elaboradas por el 
Congreso de los Diputados, sino a todas las disposiciones de carácter 
normativo de nuestro ordenamiento dictadas por quienes tengan la 
facultad legalmente atribuida para ello. Así, por ejemplo se deben 
incluir las leyes elaboradas por los parlamentos autonómicos, las 
ordenes ministeriales, las normas urbanísticas municipales, etc. Hay que 
tener en cuenta que estas normas son publicadas en el Boletín Oficial 
correspondiente, y dado que tienen alcance general son públicamente 
consultables.

En segundo lugar tendríamos el contenido de “las resoluciones de los 
órganos jurisdiccionales”, es decir las sentencias y autos dictadas en 
ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Y en tercer y último lugar estarían “los actos, acuerdos, deliberaciones 
y dictámenes de los organismos públicos”, es decir el resto de 
actuaciones propias de las administraciones públicas a todos los 
niveles. La dificultad de localizar estas actuaciones estriba en que 
pueden tener alcance no general, que sólo afecten a determinadas 
personas, por lo que puede negarse el acceso al expediente 
administrativo en que se encuentre la información si no se acredita un 
interés legítimo.

Establecido lo anterior, hay que señalar que existen varias 
disposiciones legales y/o actos administrativos en las que se incorporan 
datos e informaciones cartográficas que podrían ser utilizables por el 
proyecto y situaciones que en principio son contradictorias ya que 
existen obras intelectuales que se incorporan a un expediente 
administrativo pero que no por ello dejan de estar protegidas por la LPI.
El criterio clave para discernir lo excluido y lo que no es si la obra 
es o forma parte esencial de la expresión de la voluntad del organismo 
público actuante y que esa voluntad tenga cierto alcance general, 
siempre lógicamente que lo haga en ejercicio de las facultades atribuidas.

Así por ejemplo instrumentos de planeamiento urbanístico, ya sean Planes 
Generales o planes de desarrollo (Planes parciales, Especiales, etc.) 
son elaborados en desarrollo de las normas sobre el territorio de las 
Comunidades Autónomas, y como tales incorporan planos e informaciones 
técnicas. El dichos instrumentos suponen la expresión de la voluntad, en 
este caso del municipio, respecto del territorio y del urbanismo por lo 
que entrarían en lo que dispone el artículo 13.

Lo mismo puede predicarse de las carreteras o de las redes viales, que 
son determinadas en los planes de carreteras aprobadas mediante ordenes 
ministeriales y otras disposiciones reglamentarias, pudiendo ser 
utilizados esos datos e informaciones al no estar dentro del ámbito de 
aplicación de la LPI.

Por contra dentro de un expediente administrativo que resuelve una 
licencia de obras nos encontraremos con gran número de planos y 
documentos técnicos que sin ningún tipo de dudas son objeto de propiedad 
intelectual. Si bien habrá un acto administrativo que los apruebe o 
deniegue a los efectos de que la obra pueda realizarse conforme al 
proyecto, lo cierto es que su inclusión en el expediente responde 
únicamente a la nec

Re: [Talk-es] Paradas de bus y exportación

2008-10-15 Por tema Juan Guillermo Jordán Aldasoro
Yo hasta ahora las posiciono exactamente, entre otras cosas porque he 
utilizado una importación automática a partir de las coordenadas que se 
pueden obtener por scrapping en las webs de algunos operadores (he 
puesto la fuente en el tag source por si acaso hay que borrarlas).

Emilio Gómez Fdez. escribió:
> Hola a todos. Un par de cuestiones:
>
> ¿Vosotros ajustáis las paradas de bus a la línea que representa la 
> calle o la posicionáis exactamente donde se ubica? Lo digo porque 
> hasta hora yo lo he estado haciendo de esta última forma, considerando 
> que, por ejemplo, será el software SIG o de routing el que haga un 
> snap de la parada al way más cercano (además de que permitiría  
> distinguir a que mano de la calle está esta), pero he visto casos en 
> que el punto se "engancha" al eje de calle formando parte del way.
>
> Por otro lado, ¿sabéis si existe una forma sencilla de exportar datos 
> OSM a shapefile o cualquier otro formato SIG? Me han preguntado por 
> ello pero no creo que haya ningún software con GUI pensado para gente 
> no experimentada que les permita convertir esos datos. Y por lo que 
> veo no hay planes por el momento de que OGR soporte OSM XML.
>
> Saludos,
>
> Emilio Gómez
> 
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> http://lists.openstreetmap.org/listinfo/talk-es
>   


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[Talk-es] Paradas de bus y exportación

2008-10-15 Por tema Emilio Gómez Fdez.




Hola a todos.
Un par de cuestiones:

¿Vosotros ajustáis las paradas de bus a la línea que representa la
calle o la posicionáis exactamente donde se ubica? Lo digo porque hasta
hora yo lo he estado haciendo de esta última forma, considerando que,
por ejemplo, será el software SIG o de routing el que haga un snap de
la parada al way más cercano (además de que permitiría  distinguir a
que mano de la calle está esta), pero he visto casos en que el punto se
"engancha" al eje de calle formando parte del way.

Por otro lado, ¿sabéis si existe una forma sencilla de exportar datos
OSM a shapefile o cualquier otro formato SIG? Me han preguntado por
ello pero no creo que haya ningún software con GUI pensado para gente
no experimentada que les permita convertir esos datos. Y por lo que veo
no hay planes por el momento de que OGR soporte OSM XML.

Saludos,

Emilio Gómez




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Re: [Talk-es] Sitio de reunión para mañana

2008-10-15 Por tema Jonas Andradas
Buenas,

cambio de planes. Puedo ir ya. A ver si llego a la mesa redonda :)

Jonás

On 14/10/2008, Iván Sánchez Ortega <[EMAIL PROTECTED]> wrote:
> El Martes, 14 de Octubre de 2008, Martin (OPENGeoMap) escribió:
>> Aqui hora es la reunion?
>
> Vaya, se me olvidó ese pequeño detalle.
>
>
> La idea general es ir a la mesa redonda que se celebra en el palacio de
> congresos de 12:30 a 13:30 y hacer alguna pregunta al final; salir de allí a
> las 14:00, llegar a Leoncio a eso de las 14:15, y prolongar la sobremesa
> hasta las 16:15, antes de que empiece la conferencia de TeleAtlas.
>
>
> Por la tarde, creo que sería una buena idea el quedar a partir de las 19:15,
> en el mismo sitio (o también os podéis colar en alguna conferencia que no
> esté demasiado aburrida hasta entonces, y/o hacer un poco de mapping por la
> zona, que las calles no tienen nombre). ¿Todo bien?
>
>
> Si alguien no sabe cuándo va a poder llegar, por favor, que me escriba un
> correo en privado y le paso mi número de teléfono para coordinarnos un poco
> mañana.
>
>
> Nos vemos,
> --
> --
> Iván Sánchez Ortega <[EMAIL PROTECTED]>
>
> Ama a tus padres si son justos; si no lo son, sopórtalos.- Publio Sirio.
>

-- 
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Jonás Andradas

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