Estimados,
no estoy seguro si estos set de datos (
http://datos.gob.cl/datasets/ver/448) están incorporados en OSM. Para
hacerlos bastaría agregar un flag en el
punto?
saludos.
--
Danilo Lacoste
Ingeniero Civil en informática
www.lacosox.org
___
Estimado Danilo,
El tema es que el dato está liberado bajo Creative Commons Atribución
2.0, la cual es incompatible con la ODbL, y más encima dicen para el
uso investigativo y de análisis. Si quieres contactar a la autoridad
correspondiente y explicarle para que quieres usar los datos,
Estimado,
Lo de la CC no hay nada mas que decir, sobre lo de para el uso
investigativo y de análisis eso realmente no aplicaria en este caso.
Lo que recomiendo es que hagan la solicitud de la misma información
via ley de transparencia, ya que en cuanto se active les diran que la
información esta
Hola, no será que estamos siendo muy puristas? Lo consulto ya que el dato
de un colegio, liceo y tal son públicos y están ahí, vale decir, es cosa de
tiempo solamente el conseguirlos.
La única forma de agregarlos -sin ir uno a uno- es que sea ODbL?
2012/9/6 Julio Costa Zambelli
Marcelo,
Desde un punto de vista legal tiene que ser ODbL o compatible con la
ODbL. Y no se trata de purismo, se trata de que el generador de los
datos (el Estado o una empresa que se los vendió al Estado) liberó con
una cierta licencia, en este caso la Creative Commons Atribución.
Descontemos
On Thu, 2012-09-06 at 18:10 -0300, Daniel Hernandez wrote:
Me parece que en la legislación chilena los datos no son suceptibles
de tener licencia. Es decir, no pueden considerarse obras
creativas. Quizá una cartografía sí, pero decir que un colegio está en
tales coordenadas puede que no sea
Daniel,
Que confirmen los abogados de propiedad intelectual locales, pero me
parece que el secreto del uso de la trampa (easter egg) en los
sistemas legales donde las representaciones de la realidad, como la
cartografía, no son susceptibles de registro de propiedad intelectual
está en que en
Estimado,
Lo de la CC no hay nada mas que decir, sobre lo de para el uso
investigativo y de análisis eso realmente no aplicaria en este caso.
Lo que recomiendo es que hagan la solicitud de la misma información
via ley de transparencia, ya que en cuanto se active les diran que la
información esta
Siempre hay una opción :-)
El 06-09-2012, a las 20:24, Roberto Moreno P. rampmas...@gmail.com escribió:
Estimado,
Lo de la CC no hay nada mas que decir, sobre lo de para el uso
investigativo y de análisis eso realmente no aplicaria en este caso.
Lo que recomiendo es que hagan la