Hola a todos

Esta mañana en las jornada "Datos y mapas para el progreso económico de
Andalucía" organizadas en Málaga por el Instituto de Estadística y
Cartografía de Andalucía se ha informado de que a partir de ayer los
productos del IECA se encuentran bajo licencia CC BY 4.0 lo que permite uso
comercial de los datos.

Creo que este hecho es un gran  paso para la reutilización de la
información geográfica pública en Andalucía y por lo tanto, creo
corregidme, para su uso en OpenStreetMap.

Copio el texto que sale al hacer una descarga desde la aplicación Líne@ (
http://www.juntadeandalucia.es/institutodeestadisticaycartografia/lineav2/web/
)

LICENCIA DE USO DE LOS PRODUCTOS DEL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA
DE ANDALUCÍA BAJO LA LICENCIA CREATIVE COMMONS BY 4.0 (CC BY 4.0)

Primera. Definiciones
a) El producto cartográfico es el producto que contiene informaciones,
hechos o datos relativos a la cartografía. Dicho producto podrá, según los
casos, constituir una obra cartográfica protegida por un derecho de autor,
o una base de datos protegida por un derecho de autor o por un derecho sui
generis.
b) El Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía es el organismo
público titular de los derechos de propiedad intelectual sobre los
productos cartográficos.
c) El licenciante es el Instituto de Estadística y Cartográfia de Andalucía.
d) El licenciatario es la persona o la entidad que ejercita los derechos
cedidos mediante esta licencia.
e) Se entiende por reproducción la fijación directa o indirecta,
provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de todo
el producto cartográfico o parte de él, que permita su comunicación y la
obtención de copias.
f) Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del
original o de las copias del producto cartográfico, en un soporte tangible,
mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
g) Se entiende por comunicación pública todo acto por el cual una
pluralidad de personas pueda tener acceso al producto cartográfico sin
previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. No se considerará
pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente
doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de
cualquier tipo. A efectos de esta licencia, la comunicación pública
comprende la puesta a disposición del público del producto cartográfico por
cualquier procedimiento, incluida la puesta a disposición del público del
producto cartográfico de tal forma que cualquier persona pueda acceder a él
desde el lugar y en el momento que elija.
h) La transformación de un producto cartográfico comprende su adaptación o
cualquier otra modificación en su forma de la que se derive un producto
diferente. Cuando se trate de una base de datos, según se define más
adelante, se considerará también como transformación la reordenación de la
misma. La creación resultante de la transformación del producto
cartográfico tendrá la consideración de producto derivado y, si cumple los
requisitos establecidos en la Ley de Propiedad Intelectual, de obra
derivada.
i) La explotación del producto cartográfico comprende su reproducción,
distribución, comunicación pública o transformación.
j) Se entiende por uso comercial de cualquier producto cartográfico aquella
utilización que conlleve aprovechamiento económico directo o indirecto,
bien sea inmediato o diferido. Se excluye de esa consideración el uso de
productos cartográficos en el interior de una empresa sin comercialización
ad extra.
k) Tendrán la consideración de bases de datos las colecciones de obras
ajenas, de datos o de otros elementos independientes como las antologías y
las bases de datos propiamente dichas que por la selección o disposición de
sus contenidos constituyan creaciones intelectuales, sin perjuicio, en su
caso, de los derechos que pudieran subsistir sobre dichos contenidos.

Segunda. Límites de los derechos de propiedad intelectual.
Nada en esta licencia pretende reducir o restringir cualesquiera límites
legales de los derechos exclusivos del titular de los derechos de propiedad
intelectual establecidos en la Ley de Propiedad Intelectual, tales como, a
modo de ejemplo, el límite de copia privada, el límite de cita o el límite
de ilustración para la enseñanza.

Tercera. Exclusiones.
Quedan fuera del ámbito de aplicación de esta licencia los productos
cartográficos sobre los cuales el licenciante ostente únicamente un derecho
de uso o de licencia, al tratarse de productos cartográficos cuyos derechos
de propiedad intelectual, o simplemente de propiedad, pertenecen a un
tercero ajeno a esta relación de licencia. Los productos cartográficos
referidos son la Ortofotografía en Color 0,5 metros/pixel (2010-2011),
Ortofotografía en Color 0,5 metros/pixel (2008-2009) y el Modelo Digital de
Andalucía 10 metros/pixel (2008 2009).

Cuarta. Concesión de licencia.
Conforme a los términos y a las condiciones de esta licencia, el
licenciante concede una licencia de ámbito mundial, durante toda la
vigencia de los derechos de propiedad intelectual, sin derecho de
remuneración, no exclusiva e indefinida que incluye la cesión de los
siguientes derechos:
a) Derecho de reproducción, distribución y comunicación pública del
producto cartográfico.
b) Derecho a incorporar el producto cartográfico en bases de datos, con la
consiguiente posibilidad de que dicho producto sea objeto de reproducción,
distribución y comunicación pública.
c) Derecho de transformación del producto cartográfico, dando lugar al
nacimiento de productos derivados u obras derivadas.
Los anteriores derechos se pueden ejercitar en todos los medios y formatos,
tangibles o intangibles, conocidos o por conocer. Los derechos mencionados
incluyen el derecho a efectuar las modificaciones que sean precisas
técnicamente para el ejercicio de los derechos en otros medios y formatos.

Quinta. Condiciones de la licencia.
La presente licencia se encuentra sometida a las siguientes condiciones:
a) El licenciatario podrá utilizar los productos cartograficos licenciados
para cualquier propósito, incluso comercialmente.
b) El licenciatario asume el compromiso indeclinable de citar en todo caso
al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía - Junta de Andalucía
como autor y propietario del producto cartográfico, en cualquier medio o
soporte a través del cual se realice la reproducción, distribución o
comunicación pública.
c) La cesión no comercial a otra persona física o jurídica del producto
cartográfico objeto de la presente licencia, o de otro producto
cartográfico que incorpore el que es objeto de la presente licencia,
requerirá la concesión por el licenciatario de una nueva licencia al nuevo
usuario, o la aceptación por éste de las condiciones iniciales de licencia
establecidas por el licenciante, que deberán ser manifestadas
explícitamente en cualquier cesión de dicho producto cartográfico.
d) Las obras derivadas mediante cualquier procedimiento de transformación
deberán someterse a las mismas condiciones de la presente licencia. El
licenciatario queda obligado a ofrecer de forma complementaria libre y
gratuita cualquier creación, obra o utilidad obtenida directamente o
indirectamente a partir del producto licenciado o de la información que el
mismo contiene.

Sexta. Exoneración de responsabilidad
El licenciante no ofrece ninguna garantía de cualquier tipo respecto del
producto cartográfico objeto de licencia.

Séptima. Finalización de la licencia
a) Esta licencia y la cesión de los derechos que contiene terminarán
automáticamente en caso de cualquier incumplimiento de los términos de la
misma por el licenciatario.
Si el derecho a utilizar el material autorizado se ha terminado conforme al
anterior parrafo, se podrá restablecer automáticamente a partir de la fecha
en que la violación se solvente, siempre y cuando se resuelva dentro de 30
días a partir del conocimiento de la violación.
Las personas o entidades que hayan creado obras derivadas o productos
cartográficos derivados, o que hayan utilizado los productos cartográficos
licenciados para su inclusión en una base de datos, no se verán afectados
por la finalización de la presente licencia, siempre que tales personas o
entidades cumplan y sigan cumpliendo íntegramente esta licencia.
b) El licenciante se reserva el derecho a publicar los productos
cartográficos objeto de licencia en condiciones distintas a las presentes,
o a retirarlos en cualquier momento. No obstante, ello no supondrá dar por
concluida esta licencia, que continuará vigente hasta su finalización
conforme a lo establecido en el apartado precedente.

Octava. Interpretación
a) Si alguna disposición de esta licencia resulta inválida o inaplicable
según la Ley vigente, ello no afectará la validez o aplicabilidad del resto
de los términos de esta licencia.
b) No se entenderá que existe renuncia respecto de algún término o
disposición de esta licencia, ni que se consiente violación alguna de la
misma, a menos que tal renuncia o consentimiento figure por escrito y lleve
la firma del licenciante.
c) Esta licencia constituye el acuerdo pleno entre las partes con respecto
a los productos cartográficos objeto de la licencia. No caben
interpretaciones, acuerdos o términos con respecto a la obra que no se
encuentren expresamente especificados en la presente licencia. El
licenciante no estará obligado por ninguna disposición complementaria. Esta
licencia no se puede modificar sin el mutuo acuerdo por escrito entre el
licenciante y el licenciatario.

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CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
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Cartografía de Andalucía, dependiente de la Consejería de Economía,
Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, con sede en el
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C.P. 41071 Sevilla, con el que puede contactar a través del teléfono 0034
955057600 o del correo electrónico cartogra...@juntadeandalucia.es.
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