Conozco qué es la libertad de panorama. Su ausencia es algo absurdo. El hecho de que tengamos un término para esto, en vez de que sea algo que se dé por sentado (así como el derecho a usar el aire para respirar y operar maquinaria) es evidencia de lo absurdo que es la legislación de Copyright.

Quien construye en un espacio público debe sujetarse a las implicaciones, entre ellas que el edificio sea observado, fotografiado y grabado, pues esto es lo propio de un espacio público. Insistir en el Copyright de obras arquitectónicas públicas es poner las cosas al revés, pues intenta cambiar la naturaleza de los espacios públicos para adaptarlos a los intereses de las empresas de arquitectura y propietarios de edificios, mientras que son estas empresas y propietarios quienes deben adaptarse a lo que es un espacio público.

Esto me recuerda al DRM (gestión de restricciones digitales, o según a los pocos que les conviene, de “derechos” en vez de restricciones) y Copyright, que intentan hacer de la información algo tan restringido como los objetos físicos, siendo que de forma natural, se propaga libremente, pero esto no conviene a los propósitos de las empresas. Son las empresas quienes deben adaptarse a la propiedad del medio (información y espacios públicos en éste caso), en vez de dañarlo para que vaya de acuerdo a sus intereses.

Lo que podemos y tenemos que hacer es escribir a nuestros representantes para que se opongan a esta propuesta. No basta con quejas de pasillo o en redes sociales. Quienes estamos fuera de la jurisdicción de esta propuesta ley (yo soy mexicano) podemos escribir a nuestro gobierno para que exprese su desacuerdo, en su papel de representantes de los intereses de los ciudadanos de nuestros respectivos países y en solidaridad con los ciudadanos que serán afectados por esta ley. Recordemos que esto afecta indirectamente a todo el mundo, porque muchas de las imágenes que serían removidas o censuradas se publican de forma digital y son accesibles de forma mundial.

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