Por la Red

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha decidido, a petición del Ministerio Fiscal, el sobreseimiento provisional y archivo de la causa en la que se investigaba la compra de la productora holandesa Endemol por parte de Telefónica a principios de 2000, a un precio aparentemente muy superior al que marcaba el mercado.

La compra de Endemol supuso el pago por parte de Telefónica, entonces dirigida por Juan Villalonga, de 4.790 millones de euros en acciones (aunque la cantidad inicial acordada fue de 5.480 millones). Para el juez Garzón, "no se ha constatado que hayan existido ilícitas ventajas en alguno o algunos de los participantes" en la operación, a pesar del "aparente" exceso de la cantidad pagada. Tampoco se ha "logrado establecer que en la fijación del precio pagado por Telefónica por Endemol hayan concurrido factores ajenos a la negociación entablada entre los órganos directores de ambas empresas distintos de los que constan en la documentación y declaraciones prestadas en las diligencias".

Además, Garzón cree que ha quedado "totalmente" acreditada la intención de Endemol de vender las actividades de distribución y su puesta en conocimiento de los representantes de Telefónica. Sobre la contabilización del importe de la adquisición de Endemol, "ha quedado constatado el cumplimiento por los administradores de los mandatos exigidos por la legislación". El juez concluye que "no ha habido arbitrariedades en la aplicación de la normativa, ni de connivencia entre los administradores y los auditores externos de la sociedad". El auto se produce después de Garzón tomara declaración durante los pasados meses, entre otros, tanto al ex-presidente de Telefónica Juan Villalonga, como al actual, César Alierta.

Aparte de esta operación, en el proceso se han investigado las emisiones de obligaciones convertibles en 1997, las cuentas anuales de 1998 y diversos pagos en Argentina, entre otras. Al respecto, el juez considera que "no ha llegado a concretarse indiciariamente con mínima consistencia y racionalidad elemento alguno que pueda sustentar la acción penal". En su opinión, los presuntos delitos investigados estaban prescritos antes de que se hubiera formulado la denuncia correspondiente, no afectaron a las cuentas anuales de la compañía o no conllevaron irregularidades o conductas delictivas.

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