Bien, pasemos a un asunto que seguro que los jilatas
y las kullakas van a encontrar de mucho interes.

Un grupo de congresistas de la República del Perú, entre
los que se cuenta Paulina Arpasi, han presentado una
iniciativa legislativa, según autoriza el artículo 107º
de la Constitución Política del Perú. Este texto se halla
actualmente en la primera fase de un largo trayecto que,
si se cumpliese con éxito, pudiera culminar en una ley.
Pero no se emocionen tanto; son muchos los llamados
mas pocos los elegidos. Por el momento el texto está
siendo analizado por la Comisión de Educación,Ciencia
y Tecnología del Congreso. Si no se rechaza, puede pasar
al Consejo Directivo y luego al Pleno.

Por cierto, la ley se llamaría, de ser aprobada:

LEY QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA ENSEÑANZA DE LOS
IDIOMAS QUECHUA Y AYMARA EN LOS NIVELES DE EDUCACION PRIMARIA,
SECUNDARIA Y SUPERIOR

Otra vez lo digo. Abstenganse de emociones infundadas.

Primero vayamos con los congresistas de la
iniciativa:

- Mario Molina Almanza (PP) - CUSCO
- Adolfo Latorre López (PP) - CUSCO
- José Taco Llave (PP) - CUSCO
- Paulina Arpasi Velasquez (PP) - PUNO

Tanto Cusco como Puno eligen 5 congresistas. En
Cusco vemos algún apoyo a la iniciativa, al
menos por parte de PP (creo que son tres todos
sus congresistas en el Cusco, si me equivoco
corrijanme). Ahora, observemos la lamentable
indiferencia de los curules puneños. Ni siquiera
sus compañeros de bancada se han sumado a
una iniciativa que, con ser principalmente
simbolica, no obstante debiera haber suscitado
la adhesion masiva de los legisladores
de la principal region aymara del pais.
En fin, hemos echado en falta a la Yanarico y
compañia. Lo mas probable es que piensen que
son demasiado occidentales como para andar con
estas indiadas que son un retraso para el
desarrollo del Perú (ciertamente, no solo los
maestros rurales de Ancash piensan que la
lengua amerindia acarrea el retraso, ya lo vimos).

Algunos de estos congresistas son muy poco
sospechosos de veleidades pro-indias.
Simplemente presenciamos un episodio más
de la telenovela: "Los cusqueños defienden
SU quechua"

    - ¿Y los puneños?
    - Los puneños bien, gracias.

No critico el corporativismo cuzqueño;
(a quien Dios se la dé, San Pedro se la
bendiga) pero desgraciadamente he de decir
que la respuesta parlamentaria puneña,
NO ME HA DECEPCIONADO, simplemente porque
nunca esperé algo de ella.

Digamos una gran verdad: Los primeros enemigos
del aymara están en Puno. En Lima estas cosas
se ven de otro modo; son algo lejano y romantico,
incluso, si uno es un buen liberal ilustrado,
está dispuesto a apoyar esas cositas. Pero en
Puno no. Eso ya es otra cosa. Allí los que
llegaron a las sillas en que se manda quieren
hacernos saber que se sienten arios puros del
Reich de los Mil Años y que están dispuestos
a sacudirnos de cualquier atisbo de retraso.

    - No, no, dejen los Uros para los turistas,
    aquí no hacemos semejantes indiadas

Ya lo dije. El peor enemigo del aymara es el
ex-aymara con sentido de inferioridad.

Bien. Les propongo una cosa. Leamos ese
proyecto de ley detenidamente. Aprovechemos
para darlo a conocer: algunos de ustedes
tienen páginas web (yo planeo una página
aymara para más adelante). Despues comentaremos
la cuestion. Solamente escuchenme un consejo:
no se dejen impresionar por las palabras
grandes, los considerandos y las declaraciones
de intencion. Fijense en la ley en sí
y en lo que supone, y si es factible
llevarla a cabo y extraigan el grado de
compromiso que el Estado peruano asume si
saca adelante esta ley. Lo demás es solamente
el arroz que acompaña a la carne.

Eso es todo

Alex Condori

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http://161.132.29.8/paracas/TextoProyectos2001.nsf
/todosdocumentos/95A5AAC5AE72749F05256AA2004E2234?opendocument


PROYECTO DE LEY Nro : 247

Exposición Motivos

Fundamentos

La Constitución Política establece, que el Estado reconoce y protege la
Pluralidad Etnica y Cultural de la Nación y que todo peruano tiene derecho a
usar su propio idioma ante cualquier autoridad, mediante un interprete. Que
el Estado fomenta la educación bilingüe e intercultural, según las
características de cada zona, preserva las diversas manifestaciones
culturales y lingüísticas del País. Que son idiomas oficiales el castellano
y en las zonas donde predomine también lo son El Quechua, el Aymará y las
demás lenguas aborígenes, según la ley ; y que el Estado respeta la
identidad cultural de las comunidades nativas.

Por otro lado, nuestros pueblos antepasados habitaron estos suelos siglos
atrás, desarrollando formas de organización social, política, económica y
cultural muy ricas y diferentes entre si, las cuales han trascendido en el
devenir histórico de nuestro país, manteniéndose hasta la actualidad. Esa
riqueza cultural se ha ido transmitiendo de generación en generación a
través del lenguaje, manteniéndose viva en la medida en que la fuente
principal de información sea preservada y promovida.


Las lenguas quechua y aymará son propias y autóctonas del país constituyendo
nuestra identidad nacional y el legado ancestral de una cultura rica y
prospera, mereciendo su protección, divulgación enseñanza y aprendizaje.

El censo nacional de 1993, en lo que se refiere a los datos nacionales por
etnias, nos señala un estimado de población quechua hablante de 16% y del 4%
de los hablantes de aymará, haciendo un total de más del 20 % ; agregándose
a ello, los que están en proceso de mestizaje cultural y por tanto en
condición de bilingües (quechua, aymará, castellano) totalizando un
aproximado de 40% de la población Nacional.

Por otra parte, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), al cual se adhirió el Perú el 26 de noviembre de 1993, refleja
claramente
la aspiración de los pueblos indígenas en general, en tanto se impone la
necesidad de que las legislaciones nacionales y los tribunales tomen en
cuenta la lengua y la idiosincrasia de cada pueblo indígena, por constituir
verdadero patrimonio cultural.

La falta de visión de algunos gobernantes, ha ido alejando cada vez más la
posibilidad de una integración cultural entre la cosmovisiòn andina y la
occidental, sometiendo paulatinamente a la primera a la extinción no solo de
sus manifestaciones culturales sino de la propia lengua, y que sumado a
situaciones de emergencia que ha vivido el país y la pobreza extrema que en
la mayoría de los casos se encuentran los pueblos indígenas nos presenta la
real y triste posibilidad de que las manifestaciones lingüísticas de nuestro
pasado se vayan extinguiendo con las generaciones que han preservado su
legado.

Por otro lado, es evidente la paulatina marginación de los pueblos
indígenas, que incluso ven limitadas sus posibilidades de defensa en los
procesos judiciales donde son juzgados, en razón de que gran parte de los
letrados no saben la lengua indígena predominante; lo mismo ocurre con los
profesionales de la salud, maestros, funcionarios estatales, etc. que por
ese desconocimiento, muchas veces cometen graves errores en perjuicio de
nuestros hermanos indígenas, lo que es más son objeto de abusos y demás
actos oprobiosos.

Para contribuir con el proceso de integración y evitar que se siga
extinguiendo nuestra riqueza cultural, sin excluir ni marginar del
desarrollo y modernidad a los pueblos indígenas, se hace necesario que en
los departamentos del Perú donde exista un importante grupo de hablantes del
Quechua o Aymará, se establezca la obligatoriedad de la enseñanza a nivel
primario, secundario y superior. En los lugares donde no haya predominancia
de los referidos idiomas, la curricula de los centros de enseñanza de nivel
primario, secundario o superior, comprenderá necesariamente la enseñanza de
uno de los dos idiomas, como forma para incentivar la educación bilingüe e
intercultural de acuerdo a las características de cada región Para tal
efecto, el Ministerio de Educación será el encargado del diseño del Plan
Nacional de Enseñanza de la Lengua Quechua y Aymará, con la participación
las demás Instituciones que tengan relación con este fin.

Para la implementación de la enseñanza de las lenguas Quechua y Aymará,
deberá crearse una Dirección Nacional de Enseñanza de la Lengua Quechua,
como un órgano dentro de la estructura del Ministerio de Educación, cuya
función será el diseño, ejecución y evaluación del Plan Nacional de
Enseñanza de la Lengua Quechua y Aymará ; asimismo se encargara de coordinar
con las diferentes instituciones públicas o privadas que tengan relación con
este propósito.

Efecto de la Vigencia de la Norma sobre la Legislación Nacional

La presente iniciativa legislativa es concordante con lo establecido con
nuestra Constitución Política del Estado, así como con la normativa nacional
en materia de educación y cultura, es más, cuando está dirigida a favor de
un valioso patrimonio como es la lingüística.


Analisis Costo Beneficio

La iniciativa Legislativa no genera desembolso alguno para el Erario
Nacional y además permitirá consolidar la identidad étnica y cultural de
nuestra Nación.

La norma que crea la Dirección Nacional de Enseñanza de la Lengua Quechua y
Aymará, como Organo de Línea del Ministerio de Educación se hará con cargo a
su presupuesto sin irrogar mayor gasto.

Finalmente el beneficio se materializara a mediano y largo plazo, con la
consolidación de la identidad nacional preservando nuestro acervo cultural
sin renunciar a la modernidad y bienestar; pudiéndose mostrar ésta, a
propios y extraños que verán satisfechas sus expectativas en beneficio de
nuestra integración cultural.
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                            FORMULA LEGAL

Texto del Proyecto

Los Congresistas de la República que suscriben, Mario Molina Almanza, Adolfo
La Torre López, José Taco Llave, Paulina Arpasi Velásquez en ejercicio del
derecho consagrado en el artículo 107º de la Constitución Política del Perú,
presentan el siguiente:
PROYECTO DE LEY:

CONSIDERANDO:

1.- Que, el Perú es un país multiétnico y multicultural, que todavía no ha
terminado de integrarse sino que se encuentra en este permanente proceso,
situación declarada por nuestra Constitución al reconocer a todo peruano el
derecho de usar su propio idioma ante cualquier autoridad, derecho que por
lo demás no llega a cumplirse por imposibilidad practica, toda vez que poco
o nada se ha hecho para lograr este gran objetivo, no obstante lo previsto
en el art. 2º inciso 19) de la Carta Fundamental que expresamente prevé.


"Artículo 2º.- Toda persona tiene derecho:
19.- A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la
pluralidad étnica y cultural de la Nación.
Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad
mediante un interprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son
citados por cualquier autoridad";



2.- Que, el artículo 17º de la Constitución del Estado, establece que la
educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias; y en las
instituciones del Estado es gratuita así como en las universidades publicas;
al mismo tiempo que subvenciona la educación privada en cualquiera de sus
modalidades, incluyendo la comunal y la cooperativa. Finalmente, en su
ultimo párrafo reconoce la necesidad de que el Estado fomente la educación
bilingüe e intercultural según las características de cada zona; además,
preserva las
diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del País; lo que quiere
decir, que el sistema educativo en sus distintos niveles goza de autonomía
para la elaboración de sus correspondientes curriculas y en las que
necesariamente debe incluirse la enseñanza de los idiomas Quechua y Aymará
por tratarse de lenguas vivas que constituyen verdadero legado de nuestros
antepasados, en este caso la gran Cultura Incaica y otras del Pre Incanato,
como la Tiahuanaco; cuyos ámbitos de influencia trascendieron inclusive las
fronteras del Perú llegando hasta Bolivia, Argentina, Ecuador y Colombia:

3.- Que, el artículo 48º de la Constitución del Estado determina que:

"Son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen,
también lo son el Quechua, el Aymará y las demás lenguas aborígenes, según
la ley"

El dispositivo en mención, recoge una realidad, que se da en el país desde
varios siglos atrás y que se remonta a la etapa de la conquista española,
pero que lamentablemente a todo lo largo de nuestra vida independiente no ha
podido materializarse hasta hoy, en la necesidad de que idiomas tan ricos y
en los que se expresan todos los vocablos filosóficos que proceden del
griego y que inclusive han ingresado a la informática, no se enseñen en las
escuelas, colegios y universidades como cursos obligatorios, si bien es
cierto opcionales en cuanto al uno o el otro, cuando en realidad deberían
desplegarse los esfuerzos máximos en la búsqueda de nuestra unidad e
identidad nacional a fin de que todos nuestros compatriotas puedan
expresarse en castellano, sin perdida de su lengua aborigen que realmente es
una especie de tesoro. Similar situación tendríamos que decir respecto de
las demás lenguas aborígenes que se dan sobre todo y fundamentalmente en la
región selvática y que desde luego tienen una menor incidencia.

4.- Que las etapas de la conquista y el coloniaje, como muy bien afirma
Uriel García, son episodios de una sola historia - la nuestra, americana -,
y en donde todavía nuestras Constituciones a excepción de la actual trataron
de respetar por lo menos en sus dispositivos legales la supervivencia de las
comunidades indígenas que responden a un Estado social, económico y cultural
singular que no se suprime a fuerza de decretos a pesar de leyes
abolicionistas y en donde se han mantenido estas lenguas, las mismas que hoy
se hablan en casi la totalidad de los pueblos andinos del Perú pero que
lamentablemente no se cultivan ni se enseñan a nivel de escuelas, colegios y
universidades y por el contrario en muchos casos inclusive hay sectores
sociales que se avergüenzan de la posibilidad de poder expresarse.

5.- Que, los idiomas Quechua y Aymará en estas condiciones son la memoria
colectiva de nuestro gran pueblo andino que a lo largo de tantos siglos ha
luchado por mantener la lengua, el sentir de la Pachamama y los Apus, las
vestimentas típicas, bailes, la extraordinaria música, aparte del Ayllu,
pequeño universo que ha sobrevivido a todos los cambios de nuestra vida
nacional, con la misma perennidad inconmovible de los montes donde se
arraiga.


6.- Que, en nuestro país, casi a todo lo largo de los años de vida
independiente, se ha impuesto como lenguas en la curricula de los distintos
niveles de educación la enseñanza de los idiomas ingles y francés que
prácticamente poco o nada tienen que ver con nuestra identidad y pasado
histórico, y no así con algo que es propio, tan nuestro y en donde la falta
de una verdadera política educativa dirigida a recuperar valores culturales
que superviven desde nuestros antepasados, se ha dejado de lado tan
importante legado cultural, de donde es preciso que previamente se acentúen
las diferencias regionales hacia una armonización mas alta y unificadora de
las distintas fuerzas integradoras y dispersas que viene del Perú profundo y
entre estas el idioma.

7.- Que el Estado Peruano a través de sus diferentes dependencias tiene el
deber de preservar nuestro legado histórico y consolidar la identidad
nacional; por tanto el Ministerio de Educación es el órgano del Estado
llamado a diseñar e implementar los programas educativos y ser el encargado
de elaborar un Plan Nacional de enseñanza de las lenguas Quechua y Aymará
teniendo en cuenta el mapa etno cultural del Perú para todos los niveles
educativos. Similar situación se da en cuanto a las Universidades, las
mismas que de acuerdo a la autonomía Académica de la que gozan deberán
implementar la enseñanza de estas dos lenguas en las curriculas de estudios.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA HA DADO LA LEY SIGUIENTE:

LEY QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA ENSEÑANZA DE LOS IDIOMAS QUECHUA Y
AYMARA EN LOS NIVELES DE EDUCACION PRIMARIA, SECUNDARIA Y SUPERIOR

Artículo 1º .- Son idiomas oficiales, el Castellano, el Quechua y el Aymará,
estos últimos en las zonas donde predominen, así como las demás lenguas
aborígenes, según la ley.

Artículo 2º .- Institúyase con carácter de obligatoria la enseñanza de los
idiomas Quechua y Aymará en los niveles de educación primaria, secundaria y
superior, en las zonas donde predominen, debiendo consignarse su inclusión
en las curriculas respectivas.

Artículo 3º .- En los lugares donde no predominen ninguna de estas dos
lenguas la curricula de los centros educativos comprenderá necesariamente la
enseñanza de uno de los dos idiomas, como forma de incentivar la educación
bilingüe e intercultural de acuerdo a las características de cada región.


Artículo 4º .- El Ministerio de Educación diseñará un Plan Nacional de
Enseñanza de las Lenguas Quechua y Aymará para todos los niveles y
modalidades de la Educación Nacional, implementando los mecanismos de
ejecución y seguimiento regional y local. En cuanto a las Universidades,
estos centros de Cultura Superior en uso de su autonomía académica,
incluirán la enseñanza del Quechua y Aymará en sus curriculas de estudios de
acuerdo a las necesidades y exigencias de una buena formación profesional
acorde con nuestra realidad multiétnica y multicultural ; fortaleciendo
nuestra identidad Nacional.

Artículo 5º .- Deróguense, Modifíquese o Déjese en Suspenso según sea el
caso, todas las disposiciones legales que se oponga a la vigencia de la
presente ley.

Artículo 6º .- La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera- Créese la Dirección Nacional de Enseñanza de la Lengua Quechua y
Aymará por parte del Ministerio de Educación, la misma que estará integrada
por:
· Un representante del Ministerio de Educación quien lo presidirá
· Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano
· Un representante de la Defensoría del Pueblo
· Un representante de la Asamblea Nacional de Rectores
· Un experto en Educación Bilingüe Intercultural de reconocido prestigio
académico
· Dos representantes de las organizaciones indígenas nacionales, Quechuas y
Aymarás

Lima, 06 de agosto de 2001

MARIO MOLINA ALMANZA             ADOLFO LA TORRE LÓPEZ
Congresista de la República      Congresista de la República


JOSÉ TACO LLAVE                  PAULINA ARPASI VELASQUEZ
Congresista de la República      Congresista de la República








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Lista de discusión Aymara 

http://aymara.org/lista/lista.html
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