La mitad es mentira, y la otra mitad opiniones, no realidades.
Ni caso.
El adsl se puede contratar por la comunidad de vecinos como persona jurídica
y es legal que se utilice en todo el ámbito de la comunidad, viviendas
incluidas, y esto independientemente de que tengan o no, además, un nodo
guifi.net en el tejado y compartan el adsl mediante proxy.
Ni caso, lo dicho, todo está como estaba, es decir, bien, lo único que la
cmt se cree que es dios, y le meterán otra multa desde bruselas, por
mafiosos.
Saúde!
Alex

2010/9/21 Kilian Ubeda Cano <discodurovirtu...@gmail.com>

> Un seguidor del twitter terrassa_guifi ens ha enviat aquesta noticia:
>
> En tiempos de crisis, cualquier fórmula de ahorro es bienvenida. Si usted
> puede ponerse de acuerdo con su vecino para compartir el coche y ahorrar en
> gasolina a la hora del ir al trabajo, ¿por qué no hacer lo mismo con la
> conexión a internet?
>
> No está claro cuántas personas podían tener esta idea en la cabeza, pero
> una resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT)
> que se conoció la semana pasada disparó todas las especulaciones y los
> sueños de ahorro de los ciudadanos. Todo parecía indicar que el regulador
> del sector había dado carta blanca a una comunidad de vecinos para pagar
> sólo una conexión de ADSL y conectarse todos en sus casas gracias al wifi.
>
> Como en otras muchas cosas buenas de la vida, la letra pequeña viene a
> chafar la aparente buena noticia. Empezando por la parte más burocrática, la
> CMT no permite nada, sino que le dice a la comunidad de propietarios que no
> tiene que inscribirse en el registro de operadores para dar el servicio que
> plantea.
>
> Pero lo que importa es, precisamente, lo que pide la comunidad de vecinos.
> Textualmente: "Prestar servicio de acceso a internet mediante una red
> inalámbrica de acceso con tecnología wifi en todas las zonas comunes de
> dicha comunidad".
>
> Ni una palabra de un ADSL para todos o de cómo reducir la factura a final
> de mes gracias a la unión de ciudadanos. Si un vecino quiere tener una
> conexión en su casa deberá pagársela, porque lo que esta comunidad plantea
> es un ADSL compartido en las zonas comunes, es decir, en la piscina -quien
> la tenga-, el gimnasio -lo mismo-, la sala de reuniones, el ascensor o las
> escaleras.
>
> Ésa es la propuesta y a eso se refiere la contestación de la CMT. Eso sí, a
> nadie se le escapa que el wifi traspasa las paredes. No hay nada que pueda
> retenerlo en una zona común determinada. Si ya hay más de uno que piratea el
> wifi que su vecino se ha olvidado de cerrar, ¿quién va a vigilar que no lo
> haga con el comunitario, que sufraga en parte con las cuotas mensuales y
> cuya clave conoce?
>
> La CMT es perfectamente consciente de esto, pero el regulador no puede
> aludir en su resolución a posibilidades que no le han planteado y que
> suponen determinadas asunciones. Lo que concluye la comisión es que la
> comunidad en cuestión no tiene que inscribirse como operador porque el wifi
> no está abierto al público en general, los vecinos no tienen ánimo de lucro
> y la agrupación no pretende dar un servicio de internet, sino ser la titular
> de un contrato que permite el acceso a los miembros de ese grupo en
> determinadas circunstancias.
>
> La CMT se queda ahí porque ni puede ni le han pedido ir más lejos. Pero la
> parte más importante es otra. ¿Qué operador va a dar ese servicio? Esa
> cuestión forma parte de los contratos privados que pueda hacer una compañía
> con su cliente y no es materia del regulador.
>
> En la práctica, sin embargo, es la clave. Los vecinos tendrán que encontrar
> una operadora que les venda un ADSL vecinal para zonas comunes.
>
> Eso puede ser un problema y por varias razones. En estos momentos, la
> práctica totalidad de los contratos incluye cláusulas de exclusividad. Es
> decir, se firma con una persona que se compromete a que no sea utilizado en
> más hogares que en el suyo. Si se consiguieran solventar los temas legales
> que obligan a que esa cláusula exista, seguiría habiendo otra traba: el
> caudal. No es lo mismo dar servicio a una vivienda, que a una comunidad que
> puede decidir ir en bloque a la piscina a la misma hora y todos con el
> ordenador. Una conexión de ADSL por muchos 20 megas que tenga no da para que
> se conecten 40 vecinos, así que tendría que ser un contrato a medida, con
> condiciones diferentes de velocidad y capacidad. En eso no hay problema, las
> empresas los tienen, pero lo que pasa con los contratos a medida con
> condiciones especiales es que son más caros que los demás. El sueño del
> ahorro se desvanece.
>
> *No para cualquiera*
>
> La CMT es extremadamente cuidadosa en su resolución sobre la comunidad de
> vecinos. Y lo es hasta el punto de que dice que su decisión es válida para
> quien la ha planteado y para nadie más. La comisión advierte que se deberá
> consultar cada caso. Incluso una petición similar pero en una comunidad de
> vecinos mayor podría cambiar su respuesta.
>  Todo un problema legal
>
> Las conexiones comunitarias a internet seguirían siendo un problema incluso
> si la CMT hubiera validado la posibilidad de contratar sólo un ADSL en el
> vecindario y usarlo de forma conjunta. La primera dificultad es
> independiente a la materia tecnológica de que se trata. "Si es imposible
> llegar a un acuerdo para el color del toldo, no quiero ni pensar las peleas
> que se pueden desatar con el ADSL", reflexiona una fuente del sector.
>
> La segunda es el caudal. Para un uso colectivo de calidad, tiene que haber
> muchos megas.
>
> Al margen de esos problemas, el verdadero escollo está en la legalidad. Si
> las operadoras impiden que las conexiones puedan ser compartidas es porque
> necesitan tener identificado al usuario. Si hay un solo ADSL hay un único
> router, por lo que sólo existe una dirección IP que señala a una única
> personal. Al firmar la cláusula de exclusividad, el cliente se está
> responsabilizando de su conexión y no puede alegar que otro la estaba usando
> si hay un delito. Y es que las operadoras tienen la obligación de
> identificar al consumidor en caso de requerimiento judicial y no son pocas
> las veces que han tenido que hacerlo -acoso por correo, pederastia,
> pornografía...-.
>
> Con la cláusula, el operador traslada la responsabilidad al abonado, algo
> que no puede hacer si la suscripción es colectiva. Es cierto que se podría
> buscar una fórmula parecida a la que se hace con las empresas, pero habría
> que ver si una comunidad de vecinos puede asumir esa complejidad.
>
> http://www.cincodias.com/articulo/empresas/ADSL-todos-vecinos-solo-piscina/20100920cdscdiemp_4/cdsemp/
>
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