Concuerdo con lo que planteas aca Hugo, y de yo tambien he estado pensando en que realmente como grupo tambien debemos escribir y establecer unos estatutos o reglamentos por los que nos guiemos y rijamos... Esto nos puede servir como ejercicio y base para la futura asociacion o personalidad juridica que adoptemos, ademas hoy dia cada quien puede o no hacer lo que estime conveniente pues amen de que de palabra muchos sabes que es correcto o no, y que esta establecido o no, escrito no hay nada...

Saludos
El 28/05/15 08:22, Hugo Florentino escribió:
Como dudo que la UIC por su naturaleza excluyente pueda convertirse a corto o mediano plazo en la vía de lograr legalizarnos como grupo inclusivo que somos, he seguido conectado con la idea paralela de unos estatutos propios como via de seguir adelante buscando la institucionalización (aunque de momento solo sea como mero ejercicio intelectual), y reflexionando sobre el tema de unos requerimientos de membrecía que no resulten excluyentes y al mismo tiempo sean legalmente factibles, se me ocurrió algo como esto, diganme que les parece:

Podrá solicitar su inscripción como miembro de la Asociación cualquier individuo que tenga interés por el uso, el estudio o el desarrollo de las tecnologías libres, siempre y cuando cumpla los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad o ciudadanía cubana;
- Tener 16 o más años de edad;
- Haber leido y aceptado los presentes estatutos, el código de ética, y el reglamento de la Asociación.

Además, se reserva la categoría de colaborador para cualquier individuo que desee apoyar a la Asociación, pero por algún motivo no cumpla los requisitos de inscripción.

Los colaboradores tendrán los mismos derechos y deberes que los miembros, con las siguientes excepciones: - no tendrán que pagar una cuota social de membrecía, aunque podrán hacer donativos si así lo desean; - no podrán ser elegidos para ocupar cargos de dirección, aunque podrán designarse como representantes de la asociación para actividades de apoyo;
- en las asambleas tendrán voz, pero no voto.

Nota: sugiero el requerimiento de la nacionalidad _o_ ciudadanía cubana porque según tengo entendido Cuba aún no permite la doble ciudadanía, por lo que de requerirse exclusivamente la ciudadanía cubana, todos aquellos que se acogieron la ciudadanía española quedarían excluídos aunque de hecho vivan en Cuba. En el caso de los extranjeros residentes en Cuba, no me queda muy claro aun si el MINJUS aceptaría que ocupasen cargos de dirección, pero siempre podrían ingresar como colaboradores.



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