Concuerdo con lo que planteas aca Hugo, y de yo tambien he estado
pensando en que realmente como grupo tambien debemos escribir y
establecer unos estatutos o reglamentos por los que nos guiemos y
rijamos...
Esto nos puede servir como ejercicio y base para la futura asociacion o
personalidad juridica que adoptemos, ademas hoy dia cada quien puede o
no hacer lo que estime conveniente pues amen de que de palabra muchos
sabes que es correcto o no, y que esta establecido o no, escrito no hay
nada...
Saludos
El 28/05/15 08:22, Hugo Florentino escribió:
Como dudo que la UIC por su naturaleza excluyente pueda convertirse a
corto o mediano plazo en la vía de lograr legalizarnos como grupo
inclusivo que somos, he seguido conectado con la idea paralela de unos
estatutos propios como via de seguir adelante buscando la
institucionalización (aunque de momento solo sea como mero ejercicio
intelectual), y reflexionando sobre el tema de unos requerimientos de
membrecía que no resulten excluyentes y al mismo tiempo sean
legalmente factibles, se me ocurrió algo como esto, diganme que les
parece:
Podrá solicitar su inscripción como miembro de la Asociación cualquier
individuo que tenga interés por el uso, el estudio o el desarrollo de
las tecnologías libres, siempre y cuando cumpla los siguientes
requisitos:
- Tener nacionalidad o ciudadanía cubana;
- Tener 16 o más años de edad;
- Haber leido y aceptado los presentes estatutos, el código de ética,
y el reglamento de la Asociación.
Además, se reserva la categoría de colaborador para cualquier
individuo que desee apoyar a la Asociación, pero por algún motivo no
cumpla los requisitos de inscripción.
Los colaboradores tendrán los mismos derechos y deberes que los
miembros, con las siguientes excepciones:
- no tendrán que pagar una cuota social de membrecía, aunque podrán
hacer donativos si así lo desean;
- no podrán ser elegidos para ocupar cargos de dirección, aunque
podrán designarse como representantes de la asociación para
actividades de apoyo;
- en las asambleas tendrán voz, pero no voto.
Nota: sugiero el requerimiento de la nacionalidad _o_ ciudadanía
cubana porque según tengo entendido Cuba aún no permite la doble
ciudadanía, por lo que de requerirse exclusivamente la ciudadanía
cubana, todos aquellos que se acogieron la ciudadanía española
quedarían excluídos aunque de hecho vivan en Cuba. En el caso de los
extranjeros residentes en Cuba, no me queda muy claro aun si el MINJUS
aceptaría que ocupasen cargos de dirección, pero siempre podrían
ingresar como colaboradores.
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Lista de correos del Grupo de Usuarios de Tecnologías Libres de Cuba.
Gutl-l@jovenclub.cu
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