Estimados colegas, me imagino que ahora la SGAE, devolverá lo que ha
recaudado de forma ilegal ¿no?, a todas y cada una de las entidades a las
que ha estado cobrando ilegalmente ¿no?

Os recuerdo que este debate es muy antiguo, y yo recuerdo de haber escrito a
la lista cuando se comenzó a cobrar, diciendo que nos iban a cobrar un canon
por dispositivos digitales, cuando es nuestro propio trabajo intelectual.
Yo, me imagino que como muchos de vosotros, uso mi lápiz óptico para mis
propios trabajos, ¿quién y cuando de devolverán el canon que pagué por él?

En mi MP4 sólo grabo música que he comprado en CD anteriormente. No me
descargo música de internet.

Así, por supuesto con todos los dispositivos similares, luego tienen fama de
ladrones y les sienta mal. Pero se aprovechan de un limbo muy abusivo... "Yo
cobro y mientras me denuncian, juicio arriba y juicio abajo, me voy
beneficiando"

Saludos Carolina Martín

El 21 de octubre de 2010 12:47, Juan Manuel Santiago <
juanma.santi...@gmail.com> escribió:

> Hola a todos,
>
> Una duda. ¿Se sabe qué tratamiento da la sentencia a los autónomos? A
> efectos de cumplimiento de la sentencia, ¿se nos considera particulares o
> empresas? Trabajo en el sector editorial, y muchas veces tengo que
> "traficar" con cedés para poder realizar mi trabajo (por ejemplo, si el ftp
> de mi cliente no funciona y me piden que me acerque a sus oficinas a
> llevarme material).
>
> Muchas gracias.
>
> Saludos,
>
> Juanma.
>
> El 21 de octubre de 2010 12:32, Jesús Castillo Vidal <
> jesus.casti...@baratz.es> escribió:
>
>   Hola:
>>
>>
>>
>> antes de lanzar las campanas al vuelo, hay que decir:
>>
>>
>>
>> - Que esto no ha terminado su recorrido judicial aquí. Imagino que los
>> abogados de la SGAE tienen ahora mas trabajo que ayer y recurriran.
>>
>>
>>
>> - Que la sentencia solo excluye a administraciones oficiales y empresas,
>> los particulares hemos de seguir pagando.
>>
>>
>>
>> - Que la ministra de cultura, miembro de un gobierno que en dos años,
>> inisisto, dos años, no ha sido capaz de responder eficientemente (bueno,
>> dejemoslo en que no ha sabido responder, a secas)  a una crisis brutal que
>> ha dejado mas de 4 millones de parados, ha declarado, apenas unos minutos
>> despues de conocer la sentencia, insisto, unos minutos despues de conocer la
>> sentencia, que "se buscaran alternativas".
>>
>>
>>
>> Opcion a: Subir el canon que SI seguirán pagando los particulares (yo me
>> decanto por esta).
>>
>>
>>
>> Opcion b: aplicar el canon YA a los libros digitales.
>>
>>
>>
>> Opcion b: quitarlo de la nomina como un nuevo impuesto mas a los
>> trabajadores asalariados (esta es mi segunda opcion favorita, teniendo en
>> cuenta las decisiones últimas de nuestro gobierno que dice ser socialista).
>>
>>
>>
>> Objetivo: recaudar, como sea, los 90 millones de euros que actualmente se
>> recaudan por el canon.
>>
>>
>>
>> Un saludo
>>
>>
>>
>> Jesus
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>>
>> *De:* Foro para profesionales de bibliotecas y documentación. [mailto:
>> iwe...@listserv.rediris.es] *En nombre de *Jose Vicente Serrano Olmedo
>> *Enviado el:* jueves, 21 de octubre de 2010 11:25
>> *Para:* IWETEL@LISTSERV.REDIRIS.ES
>> *Asunto:* [IWETEL] El canon es un abuso y no cumple la directiva europea
>>
>>
>>
>>
>> http://www.elpais.com/articulo/cultura/canon/abuso/cumple/directiva/europea/elpepucul/20101021elpepucul_2/Tes
>>
>>
>> El canon es un abuso y no cumple la directiva europea La sentencia del
>> Tribunal de Justicia de la Unión considera que la tasa sólo puede aplicarse
>> a los particulares, pero no a personas jurídicas.- Empresas y
>> administraciones quedan exentas
>>
>> *LAIA REVENTÓS* *- Barcelona - *21/10/2010
>>
>> El cobro del canon digital en España, el impuesto que se aplica a la
>> compra de todos los equipos, materiales y soportes de grabación y
>> reproducción digital, es un abuso y no cumple la directiva comunitaria de
>> los derechos de autor. Así lo acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de
>> la Unión Europea, que ha sentenciado que la tasa sólo puede cobrarse a los
>> particulares, pero no a personas jurídicas, por lo que empresas y
>> administraciones deben quedar exentas. "La aplicación del canon por
>> [grabación de una] copia privada a los soportes de reproducción adquiridos
>> por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es
>> conforme con el Derecho de la Unión", reza la resolución. Tras conocer la
>> sentencia, la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, ha anunciado que 
>> buscará
>> "una 
>> alternativa"<http://www.elpais.com/articulo/cultura/Gonzalez-Sinde/Buscaremos/alternativas/canon/digital/elpepucul/20101021elpepucul_7/Tes>junto
>>  a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo
>> judicial. Actualmente, 22 de los 27 países de la Unión Europea -todos menos
>> Irlanda, Reino Unido, Malta, Chipre y Luxemburgo- aplican también un canon.
>>
>> El escrito no cuestiona la aplicación del canon, que supuso unos ingresos
>> para la Sociedad General de Autores (SGAE) <http://www.sgae.es/> de 90
>> millones de euros en 2009, y tampoco considera necesario "verificar" si las
>> personas que adquieren estos equipos digitales para fines privados los
>> destinan "efectivamente" a copiar contenidos protegidos por los derechos de
>> autor. "Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician
>> íntegramente de tal puesta a disposición", es decir, se supone que explotan
>> plenamente las funciones de que están dotados los equipos, incluida la de
>> reproducción. Así pues, la "mera capacidad" de dichos equipos o aparatos
>> para realizar copias "basta para justificar la aplicación del canon por
>> copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a
>> disposición de personas físicas en condición de usuarios privados", añade la
>> sentencia.
>>
>> *En 22 de los 27 países de la UE*
>>
>> El tribunal europeo devuelve ahora la pelota al tejado de la Audiencia de
>> Barcelona, tribunal que planteo estas cuestiones, que deberá "apreciar, a la
>> vista de las respuestas facilitadas, si el sistema español del canon por
>> copia privada es compatible con la directiva". La sentencia se refiere al
>> litigio que enfrenta a la SGAE con la empresa Padawan, que vende CD, DVD y
>> MP3. La SGAE, que en 2009 recaudó 90 millones de 
>> euros<http://www.elpais.com/articulo/cultura/canon/salva/cuentas/SGAE/elpepucul/20100225elpepicul_1/Tes>por
>>  este concepto, reclamó a Padawan el pago de 16.759,25 euros
>> correspondiente a los dispositivos de almacenamiento comercializados por
>> dicha empresa entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004.
>>
>> Padawan se negaba a pagar el canon al considerar que no siempre se
>> utilizan para grabar obras protegidas por derechos de autor, sino también
>> para el registro de datos privados o empresariales. El caso acabó en la
>> Audiencia Provincial de Barcelona, que preguntó al Tribunal de Justicia de
>> la UE si el sistema de gravamen español se ajustaba a la normativa. El fallo
>> hecho público esta mañana recoge las principales conclusiones de la abogada
>> general Verica Trstenjak, que dictaminó en mayo que este gravamen es
>> abusivo<http://www.elpais.com/articulo/cultura/Tribunal/UE/cuestiona/canon/digital/elpepucul/20100512elpepicul_4/Tes>porque
>>  se impone indiscriminadamente a todos los equipos, aparatos y
>> materiales de reproducción.
>>
>> El canon lo reciben los autores, editores, productores y artistas en
>> compensación por las copias que se hacen de sus trabajos en el ámbito
>> privado. Se incorporó a la legislación española en 1987, en 2003 se amplió a
>> CD y DVD y en 2007 se empezó a aplicar a las grabadoras de CD y DVD, MP3,
>> MP4 y PDA. La legislación española permite la reproducción para uso privado,
>> sin autorización del autor, de obras ya divulgadas. Y establece una
>> retribución a tanto alzado a favor de los titulares de derechos, a cuyos
>> efectos grava los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital
>> indiscriminadamente con un canon por copia privada. Los fabricantes,
>> importadores o distribuidores han de abonar dicho canon a las entidades de
>> gestión de los derechos de propiedad intelectual.
>>
>> La mayoría de los países europeos, salvo Irlanda, Reino Unido, Malta,
>> Chipre y Luxemburgo, aplican el canon. El Tribunal europeo también examina
>> un caso similar al que enfrenta a la SGAE con Padawan, y es también una
>> petición prejudicial española: el caso de la Entidad de Gestión de Derechos
>> de Productores Audiovisuales contra la sociedad Magnatrading. Otro caso
>> holandés se pregunta quién debe pagar este tipo de canon, y otro asunto
>> austriaco plantea la cuestión de a quién hay que pagar el canon por las
>> reproducciones de obras cinematográficas.
>>
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> Enviado desde mi querido y sufridísimo Toshiba Satellite.
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