1. Desconocía los connsiderandos de la sentencia en el momento que escribí el correo.
2. Me parece que independientemente de la legalidad de lo actuado por nuestro TEI (Tribunal de Elecciones Internas); el cambio que se hizo de un día para otro de la forma de votación efectivamente perjudicó a doña Clara Lieberman. 3. A pesar de las razones que usted y el TEI dan para los cambios que se acordaron, también es cierto que ese cambio permitió una mejor "fiscalización" de como se votaba (no por parte del TEI por supuesto). Ojo: no estoy diciendo que esto se ilegal o incluso malo, es práctica común en cualquier Asamblea del PLN el marcar los votos para controlar que nadie se salga del canasto (a mi me lo hicieron en una Cantonal de San José). 4. Yo creo que sin ese cambio, doña Clara podía haber ganado la vicepresidencia y no perderla por una diferencia de tan solo dos votos (esto, claro, es mera especulación de mi parte). 5. Por último y no menos importante: Reconozco las actuaciones a derecho del TEI. Carlos Revilla ----- Original Message ----- From: Juan José Cheng To: Gabby Alvarez ; Federico Ruiz ; Rene Castro Cc: [email protected] Sent: Saturday, December 22, 2007 11:19 PM Subject: Re: [Lista]TSE invalida elección de secretario del PLN Estimadas amigas y amigos: En primer término, debo aclararle a don Carlos Revilla que la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones avaló la totalidad de los acuerdos y acciones del Tribunal de Elecciones Internas relativas a la organización del proceso electoral. Por ello, le agradecería un poco más de objetivad al referirse sobre el tema (especialmente porque usted es el moderador de este foro digital). Los miembros del TEI actuamos con transparencia y ajustados a la legalidad y es por ello que DOS SENTENCIAS DEL TSE LE HAN DADO LA RAZON ALTEI. El pleno de ese órgano es quien tiene la capacidad de disponer las disposiciones administrativas necesarias para que los miembros de la Asamblea Nacional y Plenaria puedan ejercitar su derecho al voto de la manera más expedita posible, y eso fue lo que mis compañeros y este servidor hicimos en esa oportunidad. Ni a doña Clara Liberman ni a ningún otro compañero del Partido le fue cercenado derecho constitucional alguno por parte del TEI, hecho que puede verificarsa a lo largo de toda la resolución. En lo personal, debo rechazar categóricamente su afectada opinión sobre el tema y le invito a le dé una buena lectura al considerando V de la sentencia remitida por la compañera Lina Barrantes. Debo expresar mi beneplácito por el hecho de mantener en firme el más del 95% del trabajo realizado en la Asamblea Nacional celebrada en febrero de este año, esencialmente en lo que respecta a ratificar la elección de los demás miembros del Comité Ejecutivo, el Directorio Político, las reformas al Estatuto, entre otros. Y eso debe importarnos muchísimo porque nos brinda una mayor seguridad en la mecánica interna del Partido. Para aclarar algunos aspectos discutidos en la lista, quiero llamar la atención sobre el hecho de que el TSE ratificó la defensa esgrimada por la Presidencia del Comité Ejecutivo respecto a la facultad de la Asamblea Nacional de acordar la modificación del calendario electoral por no tratarse de una reforma estatutaria en sentido estricto, razón por la cual, no hay violación a la seguridad jurídica y su aplicación puede ser (incluso) inmediata, conforme se indica textualmente en el Considerando sétimo, número 2) último párrafo: "Con base en lo dicho, el acuerdo de la Asamblea Nacional que dispuso la modificación del calendario electoral y que empezó a regir en la misma sesión no resultaría violatorio a los derechos fundamentales del recurrente, siempre que no limite irrazonablemente o lesione el contenido esencial de su derecho de participación" Y también en el mismo considerando, número 4 párrafo último: "En este asunto, la propuesta de modificación del calendario electoral fue incorporada a la convocatoria de la asamblea nacional, la cual fue debidamente publicada en un diario de circulación nacional, con ocho días de antelación a la realización de la sesión de manera que, en principio, se garantizó el derecho de participación de los miembros del partido y se respetó el principio de estabilidad de la normativa electoral - principio de seguridad jurídica- por cuanto las norma que rigieron el proceso electoral se encontraron claramente definidas desde el inicio. Así las cosas, no se advierten las transgresiones que alegan los recurrentes en este asunto, por lo que deviene necesario su rechazo". En el plano estrictamente jurídico, la relevancia de este análisis establece un espaldarazo a las labores que se han venido realizando para garantizar el respeto por las normas estatutarias, aún cuando existan quienes discrepen en ello. No obstante, a don Marcelo Prieto (dirigente de nuestro Partido a quien tengo en alta estima por su gran trayectoria, fidelidad a sus ideas y como hombre de ley) espero que sus cuestionamientos se hayan disipado (al menos en buena parte) con esta resolución, especialmente porque aún cuando se le denegó su gestión por inadmisible, el TSE conoció sus cuestionamientos por el fondo del asunto y nos aclaró finalmente el panorama de esta disputa. Ahora bien, aunque pareciera que existe alguna contradicción en la fundamentación de la sentencia (toda la lógica inicial que se esgrime desde las primeras páginas del texto, finalizan en un salto mortal inesperado, al menos ese fue el sinsabor que me quedó) debe reconocerse la autoridad del Juez Electoral, su decisión de anular la elección del Secretario General y la obligación de rectificar un yerro procedimental que se refiere -palabras más, palabras menos- a "la necesidad de dar un lapso para campaña política". Ciertamente creo que el espíritu democrático que permea al Partido Liberación Nacional continúa siendo uno de nuestro valores esenciales, y espero que esta vez se externalicen las aspiraciones de quienes desean ostentar uno de los cargos directivos más importantes de esta asociación política. Ahora bien, estimo que existe la obligación moral y partidaria de alguien para postular su nombre a la Secretaría General, y así espero verlo antes y durante la próxima Asamblea sudándose la chaqueta... Si hay algo que este Partido nunca ha tolerado, es la mala fe... Afectuosamente, Juan José Cheng ----- Original Message ----- From: Gabby Alvarez To: Federico Ruiz ; Rene Castro Cc: [email protected] Sent: Saturday, December 22, 2007 10:01 PM Subject: Re: [Lista] Las resluciones del TSE se respetan y ejecutan No Federico la lección más importante de este asunto es que en el PLN las cosas deben hacerse Bye the book pues no debe existir nunca ningún tipo de apelación, pues si todo se hubiese hecho como Dios manda René hoy no tendría en entredicho su secretaría esa es la Puritica Verdad, verlo distinto es hacer lo que siempre hacemos tapar el sol con un dedo y eso Federico no se vale, saludos Federico Ruiz <[EMAIL PROTECTED]> escribió: Así es don René... por dicha y gracias a Dios tenemos al TSE para que aclare TODOS los puntos en discordia. Marcelo sabe de sobra que le tengo un profundo respeto y admiración por su conocimiento, pero muchas de sus posiciones no las comparto e incluso las adverso (como el caso en cuestión). Para eso están estos "árbitros" que resuelven las cuestiones. Esa debe ser la enseñanza más valiosa de esta discusión. Saludos F R On Dec 22, 2007 7:32 PM, Rene Castro <[EMAIL PROTECTED] > wrote: No obstante, en aras de que este foro tenga una versión más completa les recomiendo a todos leer la resolución de TSE pues en modo alguno da la razón a Marcelo. Por lo contrario, más bien confirmó a un 90% de los compañeros del directorio, los cambios estatutuarios y el cambio de fechas de las distritales para el 2009. Todo ello bajo la premisa "la gobernabilidad interna de los partidos" es decisión de su asamblea nacional y el TSE vela por la razonabilidad de lo actuado. En el caso de la secretaría general acogió el reclamo del compañero Vilchez porque según el TSE es razonable que "él no se tuvo tiempo de hacer campaña ni de inscribirse para la SG" por ello se ordenó repetirla en 3 meses. Noten sin embargo que la elección de la sub-secretaria general (mismas modificaciones y procedimientos que para la SG) quedó en firme pues nadie reclamó haber quedado por fuera. Fraternalmente: Rene Castro _______________________________________________ Blog: http://www.pln.or.cr/blog Lista de correos [email protected] Para desinscribirse o cambiar su configuración http://lista.pln.or.cr/listinfo.cgi/lista-pln.or.cr -- Federico Ruiz Wilson SI ES + SI AL TLC _______________________________________________ Blog: http://www.pln.or.cr/blog Lista de correos [email protected] Para desinscribirse o cambiar su configuración http://lista.pln.or.cr/listinfo.cgi/lista-pln.or.cr Gabby Alvarez Alvarado ¡Capacidad ilimitada de almacenamiento en tu correo! 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