Estimado Carlos, Con fecha viernes, 07 de julio de 2006, 11:47:04, escribió:
CM> Buenas, CM> En el Bufet Almeida tienes algunas sentencias sobre este tipo de casos. CM> Hay una de una empresa algo conocida en España, cuyo gerente Roman M., fue CM> condenado por vulnerar el correo electrónico de los trabajadores: CM> http://www.bufetalmeida.com/?id=64 CM> Y sí, antes de que nadie diga nada, son los distribuidores de Mdaemon en CM> España. CM> Mírate otras sentencias de Almedia porque así aclararás conceptos con la CM> jurisprudencia existente. CM> Saludos. CM> CARLOS MESA CM> CM> -----Mensaje original----- CM> De: [EMAIL PROTECTED] CM> [mailto:[EMAIL PROTECTED] En nombre de Fernando Piera CM> Enviado el: viernes, 07 de julio de 2006 10:26 CM> Para: Seguridad0 CM> Asunto: Re: [Seguridad0] Ver los buzones de los empleados CM> Depende mucho de la legislacion de cada pais, pero en el caso español hay CM> alguna jurisprudencia que deniega a los empresarios la posibilidad de CM> inspeccionar el correo de sus empleados, cualquiera que sea el motivo, CM> incluso el de "seguridad". La privacidad prevalece, pero de todas maneras CM> hay que tener cuidado. Los sindicatos han reclamado sobre el tema para CM> proteger a los trabajadores, pero hay algunos jueces que han permitido esa CM> fiscalizacion. No hay nada claro sobre el tema. CM> Saludos, CM> Fernando Piera CM> Alfonso Sánchez escribió: >> Estimados amigos: >> >> Algunos dueños y gerentes de empresas piden poder ver el correo de sus >> empleados temiendo por la "seguridad" de lo que se realiza en su red >> informática. >> >> La pregunta es ¿hasta qué punto los dueños tienen derecho e ver esos >> correos? >> >> ¿Dónde se puede encontrar información al respecto? >> >> Gracias >> >> Alfonso Sánchez >> A mi modo de ver hay dos situaciones: El correo personal del empleado utilizando la infraestructura de la red del empleador el cual seria de todo punto inviolable (eso si punible el uso de la red corporativa para usufructo personal) y el correo profesional q ofrece la empresa y que lo puede ofrecer en condiciones de uso exclisivamente profesional caso en el cual el correo no seria violado en tanto en cuanto el personal solo seria usuario del mismo y no propietario. Pero tambien veo q para su aplicabilidad es condicion sine qua non la clarificacion previa y notificacion del empleador de los usos posibles del correo corporativo mejor aun recogiendo esas condiciones en un documento publico de seguridad q el empleado deba aceptar y firmar de modo previo. -- Saludos, lh.zero (en) gmail.com _______________________________________________ Seguridad0(arroba)seguridad0.info http://seguridad0.info/mailman/listinfo/seguridad0_seguridad0.info Busqueda y archivos de mensajes http://www.mail-archive.com/[email protected]/ _______________________________________________ [Hospedado y patrocinado por Seguridad0 - http://www.seguridad0.biz]

