En este sentido, podeis echarle un vistazo al Real Decreto 424/2005, de 15 de abril , por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. (publicado en el BOE núm. 102, de 29-04-2005, pp. 14545-14588) establece en su sección terecera el régimen de interceptación de las telecomunicaciones.  
 
Un saludo,

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Julian Inza
 
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