El 6 de diciembre de 2010 13:12, andrzej zaborowski <balr...@gmail.com>escribió:

>
> >> a - Podemos usar los datos si los descargamos de EEA pero no de CNIG
> >> (aunque sean los mismos).
> >> b - No podemos usar ninguno de ellos porque prevalece la licencia a
> >> nivel nacional.
> >>
> >
> > Yo digo que la opción "a".
>
>
> Yo tambien. En principio si alguien te oferece dos licencias sobre la
> misma obra, tu eliges la que te gusta mas (ejemplo las GPL v2 o
> posterior)
>
> Y si los datos los puedes obtener gratis, ¿qué sentido tiene que el CNIG
quiera cobrar por su uso comercial?
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