Gracias de nuevo por la iniciativa. Comento la respuesta de la Fundéu. Primero aclarar que la respuesta de la RAE y la Fundéu van a coincidir. La una asesora a la otra, luego van a decir lo mismo. En el caso de la Xunta de Galicia, aunque no respondan, tampoco importa. La respuesta será similar a la del IGN, es decir, que como todas las Administración públicas al servicio de los ciudadanos están obligadas a cumpliar la ley y bla, bla, bla.
Concretamente en España, muchos topónimos de las zonas bilingües (Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Islas Baleares y el País Vasco) cuentan con dos formas, una perteneciente a la lengua española y otra propia de la lengua autonómica cooficial. Lo natural es que los hablantes seleccionen una u otra en función de la lengua en la que estén elaborando el discurso. En consecuencia, los hispanohablantes pueden emplear siempre que exista, la forma española de estos nombres geográficos, y transferir aquellos topónimos que posean una expresión única, catalana, gallega o vasca. No hay mucho que comentar. Es lo mismo que venimos reiterando desde el principio, que donde exista un topónimo en español, ese es el nombre en español del lugar, y donde no exista se usa la adaptación en español del topónimo existen en gallego, catalán o vasco. Lo natural, vamos. -- Sent from: http://gis.19327.n8.nabble.com/Spain-f5409873.html _______________________________________________ Talk-es mailing list Talk-es@openstreetmap.org https://lists.openstreetmap.org/listinfo/talk-es