"Las NC crean un problema de inseguridad jurídica" ¿Y los derechos morales no?
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/lpi.html (...)Artículo 14. Contenido y características del derecho moral Corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e inalienables: 1. Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma. 2. Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente. 3. Exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra. 4. Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación. 5. Modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural. 6. Retirar la obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación. Si, posteriormente, el autor decide reemprender la explotación de su obra deberá ofrecer preferentemente los correspondientes derechos al anterior titular de los mismos y en condiciones razonablemente similares a las originarias. 7. Acceder al ejemplar único o raro de la obra, cuando se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda. Este derecho no permitirá exigir el desplazamiento de la obra y el acceso a la misma se llevará a efecto en el lugar y forma que ocasionen menos incomodidades al poseedor, al que se indemnizará, en su caso, por los danos y perjuicios que se le irroguen. PREGUNTO. > Mi duda sobre las licencias NC es otra: la esencia misma de las CC es > la estandarización, es decir, facilitar el uso por terceros de las > obras a ellas acogidas sin riesgos legales en ninguna circunscripción > mediante un mecanismo legal conocido e igual en todas partes. No son > perfectas, pero son una buena herramienta. Las NC crean un problema de > inseguridad jurídica, porque el concepto 'uso comercial' es > discutible; ¿es la reutilización en un blog personal que tiene AdWords > 'uso comercial'? Dependerá de la interpretación del juez, y por tanto > tendrá un componente de arbitrariedad que destruirá la estandarización > buscada. En caso de duda legal no se reutiliza, y por tanto la > cláusula NC actúa como freno a la redifusión. Si quieres máxima > redifusión debes utilizar las licencias que causen menor inseguridad > jurídica, en este caso la NC. > > PP > > El día 8 de febrero de 2013 11:23, David <[email protected]> escribió: >> La paradoja de la cultura libre 1/2 >> http://www.a-desk.org/highlights/spip.php?article1752 >> >> Suelo publicar mis artículos bajo una licencia Creative Commons BY NC >> ND, >> que, entre otras cosas, impide la redifusión comercial de mis textos. >> Así >> lo hago, por ejemplo, en mi blog y en algunas publicaciones en las que >> colaboro, como es el caso de A*DESK. Sin embargo, no faltan quienes me >> critican por difundir mis escritos bajo licencias sujetas a cláusulas >> restrictivas. Lo hacen con el argumento de que, al impedir la >> reutilización comercial de mis artículos, estoy atentando contra la >> cultura libre en su sentido más genuino, pues, de alguna manera, estoy >> poniendo obstáculos a la realización de esa utopía en la que el saber >> circulará sin traba ninguna. Mis críticos, entre los que se cuentan >> algunos buenos amigo míos, no acaban de entender mi negativa a permitir >> que, de entrada, alguien pueda obtener un beneficio económico de los >> contenidos que he decidido publicar bajo la protección de una licencia >> Creative Commons sin derecho a usos comerciales. Ellos afirman que, si >> verdaderamente deseo que mis creaciones circulen, lo que debería hacer >> es >> publicarlas con licencias no restrictivas ?de los tipos BY o BY SA?, >> reconocidas como verdaderamente propias de la ?cultura libre?. >> >> Como muchos otros creadores, tengo mis razones para no hacerlo. Y a >> continuación, expondré algunas de ellas. >> >> Cuando alguien publica una obra intelectual con una licencia que >> facilita >> su distribución, pero que impide su uso comercial, está asumiendo una >> postura clara: en última instancia, está declarando que dicha obra se >> inserta en una economía del don y no en una mercantil. Lo que busca el >> creador es ofrecer el resultado de su trabajo a la comunidad, >> asegurándose >> de que este podrá ser utilizado y compartido sin que nadie intente >> obtener >> un provecho económico de él. Entendida de esta forma, la creación se >> convierte en una especie de obsequio que puede ser utilizado por >> cualquier >> persona, siempre y cuando esta se abstenga de lucrarse con él. Tal como >> afirma Lawrence Lessig, a partir de una cita de Lydia Pallas Loren, en >> Remix: >> >> ?Un instrumento como la licencia "no comercial" de Creative Commons >> habilita a un artista a declarar "toma mi obra y compártela libremente. >> Deja que forme parte de la economía de compartición. Pero si quieres >> transferirla a la economía comercial, debes consultarme primero y, >> dependiendo de la oferta, aceptaré o no". >> >> Esta clase de señales promueve que otros creadores participen en la >> economía de compartición, dándoles confianza en que su aportación no se >> usará con fines incoherentes con ella. Con ello se fomenta esta forma de >> economía del don ?no mediante el menosprecio o la denigración de la >> economía comercial, sino simplemente reconociendo lo obvio: que los >> humanos actúan con motivaciones diferentes, y que la basada en dar >> merece >> tanto respeto como la basada en recibir.? >> >> En última instancia, al distribuir una obra con una licencia ?no >> comercial?, el creador está trazando una distinción entre dos economías >> que funcionan con sus propias reglas, motivaciones y recompensas. Es una >> distinción semejante a la que hacemos cuando, en determinadas ocasiones, >> optamos por realizar de una manera altruista acciones que en otras >> circunstancias haríamos esperando una retribución económica. >> Seguramente, >> a un cocinero profesional difícilmente se le ocurriría cobrarle a su >> hijos >> por prepararles la cena, de la misma manera que (casi) ninguno de >> nosotros >> esperaría recibir una compensación económica por ayudar a un amigo >> extranjero a redactar una carta en nuestra lengua materna. >> >> Cuando realizamos un trabajo remunerado, sabemos que estamos actuando en >> una economía comercial y entendemos que nuestra recompensa será el pago >> que recibamos por nuestro esfuerzo. En cambio, cuando realizamos una >> tarea >> sin esperar dinero a cambio, nos situamos en una lógica económica >> diferente, sustentada en motivaciones variadas: el altruismo, los >> afectos, >> la necesidad de mantener los vínculos de solidaridad o la búsqueda de >> reputación, entre otras. Se trata de una lógica económica que engloba >> prácticas que irían desde ayudar a cambiar una bombilla a un vecino >> hasta >> escribir código para un programa de software libre o redactar una >> entrada >> de la Wikipedia. >> >> Quienes en nombre de la cultura libre critican las licencias Creative >> Commons de uso no comercial parecen ignorar el valor que posee la >> posibilidad de elegir entre lógicas económicas distintas. Asumiendo una >> actitud en la que el idealismo libertario y el pragmatismo descarnado >> terminan confundiéndose, los defensores más radicales de la cultura >> libre >> niegan al creador la capacidad de ejercer un control sobre los fines >> para >> los que se utilizará su trabajo, y de hacer explícitas las intenciones >> que >> impulsan su labor productiva. A fin de cuentas, si se niega a los >> agentes >> culturales la posibilidad de elegir el sistema económico en el que >> desean >> inscribir sus obras, se está cercenando su capacidad para decidir sobre >> la >> dimensión moral de su trabajo creativo. >> >> Es probable que este desinterés por las motivaciones morales de la >> creación se deba al utilitarismo que, al menos en parte, ha animado a la >> cultura libre desde su orígenes. Se trata de un asunto digno de >> reflexión, >> sobre el que trataré en mi próxima entrada. >> >> >> >> _______________________________________________ >> Cc-es mailing list >> [email protected] >> http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es > _______________________________________________ > Cc-es mailing list > [email protected] > http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es > > _______________________________________________ Cc-es mailing list [email protected] http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es
