Hola como alguien recordó el tema no es solo sobre la legislacion chilena, asi que te doy otros enlaces
http://public.findlaw.com/abaflg/flg-12-4f-7.html http://www.elpais.com/articulo/cataluna/jefe/puede/mirar/e-mail/-/elpepiespcat/20080415elpcat_13/Tes http://www.elbrollo.com/noticias-y-novedades-sobre-telefon-m-vil/248565-ley-nokia-finlandia-permite-leer-los-emails-de-los-empleados.html http://www.laflecha.net/canales/blackhats/noticias/los-jefes-podran-leer-el-correo-electronico-de-sus-empleados-en-australia un poco antuguo... http://www.elmundo.es/navegante/2004/06/01/esociedad/1086076782.html http://news.cnet.com/8301-10784_3-9950451-7.html http://smallbusiness.yahoo.com/r-article-a-41059-m-5-sc-51-can_i_read_my_employees_email-i ahora volviendo al pronunciamiento de la inspección del trabajo chilena ( que es sólo eso, una interpretación de la ley, pero no la ley ) > http://www.adi.cl/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=1&Itemid=53 es interesante que ese documento dice que en algunas circunstancias la comunicación pierde el caracter de privado, por ejemplo si la empresa puede exige que todo email sea enviado con copia a alguna gerencia. ( Y la dirección del trabajo reconoce ese derecho ). de acuerdo, según ese documento, lo que siempre es privado es la recepción. un ejemplo: te llega un mail de cobranza de una casa comercial a tu email empresarial, si la generencia te exige contestar todos los mails con copia a gerencia, o lo contestas de tu casa o la correspondencia deja de se privada cuando contestas con copia a gerencia (suponiendo que asi te lo exigen). > Como dijo alguien mas en este hijo los contratos NO pueden estar sobre la > ley. Estas muy confundido y estas interpretando la ley de una manera obvio que no, eso es basico, pero la ley da espacio a negociar o renunciar a cosas, eso es parte de tu libertad, si no no serian necesarios los contratos y los derechos se convertirian en obligaciones.... para evitar abusos la ley puede declarar derechos ( las vacaciones por ejemplo ) como irrenunciables, pero el mismo documento que citas habla de situaciones en que las comunicaciones pierden el caracter de privado. Un ejemplo: si por la ventana miro a la vecina ducharse me puedo ir preso porque ella tiene derecho a la privacidad. Pero cuando se puso la casa de cristal en el centro y la artista se duchaba no era ilegal mirarla porque ella habia renunciado libremente a su privacidad. otro ejemplo es ver "Gran hermano" o cualquier reality donde los participantes renuncian a su privacidad por un contrato con la TV, Si fuera ilegal esa renuncia el programa no se podría transmitir. de otro modo caeriamos en aberraciones como que si se publica algo de esta lista y lo lee un no miembro yo lo podria denuciar porque esta correspondencia es privada aunque yo este de acuerdo en que no lo sea....