Marcelo: respeto tu opinión, que obviamente no comparto. Es evidente que la
resolución de la Sala IV despeja una serie de temas. Por supuesto uno puede
estar en desacuerdo con esa resolución, pero al plantear la armonía, por
ejemplo, del TLC con el ordenamiento jurídico en materia ambiental, quedan
sin base temas como la territorialidad, agua, recursos naturales y otros
argumentos alejados del contenido del TLC. Digo esto por tu referencia sobre
las “implicaciones del TLC”. Igualmente me parece inconsistente este
planteamiento en la medida que ya existían otros tratados muy parecidos que
permitían visualizar que sería el TLC. 

 

Es curioso (sin intención de “sospechismo”, según Varguitas en su columna de
hoy) que la oposición no haya asumido una actitud constructiva sobre las
opciones para aprovechar las oportunidades y neutralizar los riesgos. Eso
habría sido una buena contribución para el país, especialmente si se
considera que los indicadores existentes (encuestas también cuestionadas por
la oposición, pero a mi juicio un buen instrumento de medición) siempre han
mostrado una muy buena posibilidad de que el TLC será aprobado por clara
mayoría. Me parece que el Gobierno ha tomado algunas medidas bien orientadas
(a pesar el inmovilismo legislativo), ha cambiado la tendencia reciente de
reducir el gasto social y tiene un Plan de Desarrollo que señala el camino a
seguir hasta el 2010. 

 

Vos preguntás dónde están las “políticas y programas”, pero, en ámbito
nacional y en nuestro propio foro hemos ignorado esos temas. Yo hice varias
invitaciones para discutir el PND, pero no recibí respuestas de nadie. Creo
que, además, como buen demócrata vos seguro valorás la opinión de la
población (sin tener que compartirla, a lo mejor estamos mal informados),
que en la última encuesta sólo un 12 o 13% calificaba de mala o muy mala la
administración Arias. Respeto mucho tu opinión, la de Luis Fernando, Luis
Gmo Solís y muchos otros excelentes profesionales y buenos costarricenses,
pero igualmente es respetable la de los demás. Debe haber algún mérito en
ella, en el mejor de los casos para admitir que hay algún curso social que
muchos consideramos como saludable y positivo para el país. Podría incluso
ser el correcto (poco probable, porque todo es perfectible).

 

Repito lo que he dicho antes. Deberíamos hacer una tregua, esperar el
resultado y luego trabajar en función de este. Saludos. Eduardo

 

Simplemente para ilustración de todos incluyo lo siguiente:

 

La constitucionalidad del TLC

 

Por mayoría de 5 a 2 la Sala decidió lo siguiente:

 

*      El mecanismo arbitral inversionista-Estado y la Comisión de Libre
Comercio son conformes con la Constitución, incluyendo la facultad de dicha
Comisión de adoptar por consenso interpretaciones del Tratado obligatorias
para los tribunales arbitrales. La Sala considera esa facultad como una
garantía de que se respeten los intereses, las leyes y la Constitución de
nuestro país y que esto se refleje en el mecanismo de solución de
controversias, ya que el representante de Costa Rica intervendrá en
cualquier interpretación del Tratado que haga la Comisión de Libre Comercio.


*      El Tratado preserva la facultad de los Estados de dictar medidas
justificadas y no discriminatorias tendientes a proteger la salud y la vida
humana, animal y vegetal. No hay inconstitucionalidad alguna en los
artículos 9.14 y 10.9.3. 

*      El capítulo 15 sobre propiedad intelectual no viola el derecho a la
vida y a la salud en relación con el acceso a los medicamentos. Se reafirma
el respeto a la Declaración de Doha sobre salud pública. No se impiden las
licencias obligatorias ni las importaciones paralelas conforme al Acuerdo
ADPIC de la OMC. El Tratado no cambia la obligación del Estado de garantizar
el efectivo acceso a un sistema de seguridad social universal y solidario. 

*      El anexo 13 sobre telecomunicaciones no se aplica retroactivamente en
perjuicio del ICE. 

*      Las normas sobre expropiación del capítulo 10, incluyendo el concepto
de expropiación indirecta, son conformes con la Constitución. 

*      El capítulo ambiental del Tratado es plenamente compatible con la
Constitución, quedan a salvo todas las leyes ambientales que ya rigen en el
país, y el Estado no pierde su poder regulatorio en esta materia. 

*      Es irrelevante constitucionalmente para Costa Rica lo que disponga la
ley interna de Estados Unidos relativa al proceso de “certificación” del
Tratado. 

*      Es improcedente entrar a conocer sobre supuestos vicios en el trámite
legislativo del TLC en virtud de que el proyecto fue convocado a referéndum.
Las cuestiones de trámite relativas al referéndum son competencia del TSE. 

 

Por mayoría de 6 a 1 la Sala decidió lo siguiente:

 

*      La reserva II-CR-3 hecha por Costa Rica en el anexo II del Tratado
permite proteger a los grupos menos favorecidos, incluyendo los grupos
indígenas, por lo que se respeta la Constitución. 

*      No hay inconstitucionalidad alguna en la definición de “territorio”
contenida en el Tratado, ni el Tratado implica una modificación de los
límites territoriales del país. 

*      y da, previamente al referéndo, la tranquilidad de que el Tratado fue
revisado por la instancia competente y considerado acorde con la
Constitución.

 

*      No es inconstitucional la posibilidad de que el Estado incorpore
reglamentos técnicos de otros países cumpliendo con los procedimientos
jurídicos internos. 

 

Por unanimidad la Sala decidió lo siguiente:

 

*      El artículo 22.7 relativo a la denuncia es constitucional. Costa Rica
puede denunciar el Tratado en cualquier momento, la denuncia regiría 6 meses
después y para modificar ese plazo se requeriría acuerdo de todas las
partes, incluyendo Costa Rica. 

*      El anexo 13 de telecomunicaciones no es discriminatorio en materia de
costos contra el ICE ni permite evadir los procedimientos de licitación en
la asignación de licencias para el uso del espectro. 

*      El Consejo de Asuntos Ambientales creado en el Tratado contempla
canales de participación ciudadana y no excluye los existentes en la
legislación nacional, por lo cual no presenta ningún roce constitucional. 

*      No hay inconstitucionalidad alguna en el capítulo laboral del
Tratado, el cual permite mantener o aumentar los estándares laborales y
asegura el respeto a los convenios de la OIT y a los derechos y garantías
laborales previstos en la Constitución. 

*      No se observa violación constitucional alguna en cuanto al uso de
listas negativas o listas de medidas disconformes en la negociación del TLC.


*      La ley de armas no fue incluida como medida disconforme porque no
presenta ninguna inconsistencia con el Tratado. La inclusión de las armas y
demás bienes en las listas arancelarias es solo para efectos arancelarios,
no impide al país invocar su legislación interna y las normas pertinentes
del Tratado para restringir o regular el comercio de esos bienes. 

*      No hay inconstitucionalidad alguna en el capítulo 9 sobre
contratación. Se preservan la regla general de la licitación pública, los
principios de la contratación administrativa y las atribuciones de la
Contraloría. 

*      Es intrascendente desde el punto de vista constitucional la
definición de “territorio” de Estados Unidos contenida en el Tratado. 

*      El Tratado no viola las normas constitucionales relativas a la
autonomía municipal. 

*      El artículo 11.7 no obliga a que otros Estados intervengan en el
proceso de formación de la ley, más bien refuerza la transparencia. 

*      La resolución de la Sala evidencia claramente que los roces de
constitucionalidad alegados se basaron en su mayoría en interpretaciones
incorrectas, irrazonables o extremas del Tratado. Asimismo, acaba con una
serie de mitos que se han esparcido en torno a las supuestas
inconstitucionalidades 

 

 

  _____  

De: Marcelo Prieto [mailto:[EMAIL PROTECTED] 
Enviado el: miércoles, 18 de julio de 2007 20:16
Para: Eduardo Carrillo V
CC: Luis Fernando Diaz; [EMAIL PROTECTED]; [EMAIL PROTECTED]; Lista
PLN; [EMAIL PROTECTED]
Asunto: Re: [pln] Convicatoria Asambleas Provinciales

 

Un momentito Eduardo: interpretemos lo que queramos, pero atengámonos al
acuerdo. El Congreso definió claramente que la agenda nacional
complementaria estaba o estaría constituida por un conjunto de leyes, y
precisamente por eso específicamente comprometió a la Fracción Parlamentaria
a aprobarla. Pero podríamos entender, para seguir conversando,  que son
políticas o programas que cumplan el mismo propósito definido por el
Congreso y que deben acompañar el Tratado: ¿ dónde están ? 

 

Pero tenemos que reconocer una cosa: en ese momento, en el del Congreso, no
se conocían todas las implicaciones del Tratado, su contenido contrario a
los intereses nacionales y sus implicaciones verdaderamente perversas en
diversos ámbitos. Estoy seguro de que si se hubiera conocido, el Congreso
habría comprendido que ni con todas las leyes del mundo podria
contrarrestarse el perjucio que le causa al país, y lo habría rechazado,
para lograr una negociación que de verdad permita la apertura comercial
justa y equilibrada, conveniente a los intereses nacionales, en este nuevo
mundo globalizado. No una negociación neocolonial propia del pasado más
lamentable. 

 

Saludos, estimado Eduardo

 

Marcelo Prieto 

 

 

 



 

El día 18/07/07, Eduardo Carrillo V <[EMAIL PROTECTED]> escribió: 

Yo lo he leído, Marcelo. Me parece que la interpretación que hacés en el
documento que nuevamente circulastes tiene una lectura rígida y literal, que
no me parece válida (tiene validez de forma, no de contenido). No puedo
percibir la agenda complementaria como un proyecto de ley aprobado por la
asamblea legislativa. Puede ser una propuesta, tipo ruta de navegación o un
compromiso formal, pero difícilmente un proyecto de ley. 

 

Lo central a mi juicio es si, en contenido y no necesariamente en forma, el
Gobierno ha asumido una agenda nacional complementaria (medio) para
"aprovechar efectivamente las oportunidades… al tiempo que se neutralizan
los impactos negativos" (propósito).

 

El argumento del proyecto de ley es peligroso. Se podría razonar que contar
con el proyecto de ley sería irrelevante, si no se cumplen las acciones
pertinentes que le den un valor real en beneficio de todos. En términos
literales, la aprobación del proyecto de ley sería suficiente para ser
consistentes con el Congreso. 

 

Me parece que la agenda complementaria existe. Existe en las acciones del
Gobierno en escasos 14 meses de gestión: infraestructura, pensiones no
contributivas, vivienda, educación, avancemos, más recursos para educación,
control de la evasión fiscal y crecimiento del gasto social, entre muchas
otras cosas. Y en el PND que define los compromisos para el resto del
período. De modo que la diferencia realmente se concreta a si se cumple
literalmente con una expresión talvez desafortunada (ley aprobada por el
Congreso) o con el contenido de la política social del Gobierno. 

 

La discusión del TLC sigue pesada, a pesar de que, queramos o no, muchos de
los temas de discusión han pasado a mejor suerte con el pronunciamiento de
la Sala IV. Deberíamos de hacer un alto en el camino, esperar la decisión
del referendo y luego retomar temas de interés común, como tu propuesta (a
Saúl) de discutir la socialdemocracia en el entorno actual (para evitar el
término renovado o remozado). Saludos. Eduardo 

 

  _____  

De: [EMAIL PROTECTED] [mailto:[EMAIL PROTECTED] En
nombre de Luis Fernando Diaz
Enviado el: miércoles, 18 de julio de 2007 17:26
Para: [EMAIL PROTECTED]
CC: [EMAIL PROTECTED]; Lista PLN; [EMAIL PROTECTED]
Asunto: Re: [pln] Convicatoria Asambleas Provinciales

 

 

Porqué no leen el documento del Congreso

No estan largo ni tan difícil, me parece...

LFD

Salud Marcelo

Parece que ya alguien se dió cuenta de la metida de pata y, como decís vos,
la falta de respeto incurrida en esa convocatoria y, por eso suspendieron la
convocatoria precipitada a las Asambleas Provinciales. 

Aprovecho este medio y esta oportunidad para recordarle con todo cariño y
respeto a René Castro que no es para nada conveniente el atribuirle al
Congreso Daniel Oduber acuerdos que no se tomaron, especialmente cuando
algunos de nosotros estábamos allí. Una vez más, el Secretario General
encuentra ahora una disyuntiva y una oportunidad de oro para hacer de
árbitro conciliador, fiel de la balanza, equilibrio y, en el futuro,
unificador de las diferenctes tendencias de opinión que se manifiestan
dentro del Partido. 

Con todo aprecio,

Luis Fernando Díaz


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-- 
Marcelo Prieto


ES LA HORA DE DON JUANITO MORA:  NO AL TLC 

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