Los PGOU son aprobados en las comisiones de urbanismo de cada comunidad autónoma, luego no es objeto de propiedad intelectual según el art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual:
Artículo 13. Exclusiones No son objeto de propiedad intelectual las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos, las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, así como las traducciones oficiales de todos los textos anteriores. Un saludo. El 4 de febrero de 2016, 13:37, Miguel Sevilla-Callejo <msevill...@gmail.com > escribió: > Alejandro, > Por lo que dices, ¿la información del Plan General de Ordenación Urbana de > un municipio, al ser información pública, podría usarse en OSM? > Lo digo porque en esa información, para Zaragoza, si están los límites de > los barrios, por ejemplo. > Un saludo > > *[image: Geo]Miguel Sevilla Callejo* > *Doctor en Geografía | Doctor in Geography* > *Consultor freelance e investigador | Freelance Consultant & Researcher* > Colaborador del Instituto Pirenaico de Ecología, CSIC, Zaragoza | Fellow at > the Pyrenean Institute of Ecology - Spanish National Research Council > Colegiado nº698, Colegio Oficial de Geógrafos | Member #698, Spanish > Professional Association of Geographers > Web: http://bit.ly/sevillacallejo > >
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