Los PGOU son aprobados en las comisiones de urbanismo de cada comunidad
autónoma, luego no es objeto de propiedad intelectual según el art. 13 de
la Ley de Propiedad Intelectual:

Artículo 13. Exclusiones No son objeto de propiedad intelectual las
disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos,
las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos,
deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, así como las
traducciones oficiales de todos los textos anteriores.

Un saludo.


El 4 de febrero de 2016, 13:37, Miguel Sevilla-Callejo <msevill...@gmail.com
> escribió:

> Alejandro,
> Por lo que dices, ¿la información del Plan General de Ordenación Urbana de
> un municipio, al ser información pública, podría usarse en OSM?
> Lo digo porque en esa información, para Zaragoza, si están los límites de
> los barrios, por ejemplo.
> Un saludo
>
> *[image: Geo]Miguel Sevilla Callejo*
> *Doctor en Geografía | Doctor in Geography*
> *Consultor freelance e investigador | Freelance Consultant & Researcher*
> Colaborador del Instituto Pirenaico de Ecología, CSIC, Zaragoza | Fellow at
> the Pyrenean Institute of Ecology - Spanish National Research Council
> Colegiado nº698, Colegio Oficial de Geógrafos | Member #698, Spanish
> Professional Association of Geographers
> Web: http://bit.ly/sevillacallejo
>
>
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