Gracias por el resumen.

El 23 de julio de 2012 22:50, Jose Sabastizagal
<[email protected]>escribió:

> El día 20 de Julio del 2012 la Comisión de Justicia y Derechos Humanos ha
> aprobado la Ley de Delitos Informáticos [1], que agrupa a 3 proyectos de
> Ley.
>
> La Ley se puede resumir: Ven róbame, llévate todo lo que quieras, pero si
> no quieres ir a la cárcel vas a tener que pagarme.
>
> Para implementar esta ley se debería exigir a los proveedores/fabricantes
> de software que inhabiliten efectivamente el software que sea ilegal, que
> no se limiten a mostrar un aviso y permitir que se siga utilizando el
> programa
>
> Art. 1. El objeto de la ley no es proteger bienes jurídicos sino sancionar
> conductas.
>
> Art. 3. Penaliza la realización de ingeniería inversa en malware, prohíbe
> la programación de software que tenga efectos dañinos, independientemente
> de sus fines.
>
> Art. 4. Prohibe la divulgación cualquier tipo de información considerada
> personal, afianza la ley mordaza
>
> Art.6.Regalo para las empresas de software.- "*El que, sin autorización
> del titular o excediéndose del tiempo autorizado, usa un sistema
> informático, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de 2
> años"*. Si usas un antivirus más allá del tiempo que dice la licencia o
> pagas (según el art. 20) o sentencian a 2 años de cárcel.
>
> Art. 8 cárcel efectiva (de 1 a 6 años) para los vendedores de software y
> juegos "crakeados"
>
> El Art.12 han cometido un error ortográfico, que tal como esta podría
> enviar a la cárcel a funcionarios de la SUNAT, en vez de grabar han usado
> el verbo gravar (de impuesto o tasa).
>
> El art.13 va a obligar a realizar un registro de equipos para medios de
> pago.
>
> Art. 16 impulso para el software libre ya que establece cárcel efectiva de
> 4 a 6 años para los que instalen software ilegalmente.
>
> Art. 18 implica que se va a crear un registro de infractores.
>
> Art.21 aplica a las personas jurídicas las consecuencias del art.105 del
> código penal, significa que si en una empresa por ejemplo se instala
> software ilegal la empresa podrá ser clausurada, suspendida, disuelta, etc.
>
> El Art.23 evidencia cierta contradicción y ambigüedad, pues en la primera
> parte excluye del secreto de las comunicaciones varios conceptos, sin
> embargo en la parte final indica que se requiere la autorización de un juez.
>
> Sin embargo todo lo hecho es innecesario si se paga "la totalidad de los
> bienes o valores apropiados o entregan una suma equivalente a su valor",
> finalmente el objetivo es económico.(Art.20).
>
> [1]
> http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/d99575da99ebfbe305256f2e006d1cf0/c577d32aa8f2602605257a420003de03/$FILE/00034DC15MAY200712.PDF
>
>
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